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Proyecto de Ley

Artículo 1º. Eliminación de subsidios estatales a la educación privada. A partir de la entrada en vigencia de la presente ley, se elimina todo tipo de subsidio estatal destinado a instituciones educativas privadas.

Los fondos así ahorrados deben ser invertidos íntegramente en la educación estatal. A fin de ampliar la matrícula, en los primeros cinco (5) años de vigencia se debe priorizar la construcción de escuelas y la apertura de nuevos grados y cursos.

Art. 2º. Continuidad educativa del estudiante. El Ministerio de Educación incorpora a la matrícula estatal a todo estudiante proveniente de instituciones educativas privadas, conforme a su nivel y modalidad.

Dicha incorporación debe ser realizada de acuerdo a la normativa vigente. Las escuelas deben repartir las vacantes en forma igualitaria dentro de cada distrito para evitar la selección de matrícula y la fragmentación interna.

Art. 3º. Continuidad laboral del docente. El Ministerio de Educación incorpora a su planta a todo el personal docente, directivo y no docente proveniente de las instituciones educativas privadas que decidan reducir o cesar su actividad.

Dicha incorporación debe ser realizada de acuerdo a la Ordenanza 40.593 Estatuto del Docente, garantizando sus derechos salariales, laborales y educativos.

Art. 4º. Infraestructura escolar. El Ministerio de Educación tiene prioridad para alquilar, comprar o expropiar, en forma parcial o total, los inmuebles e instalaciones pertenecientes a las instituciones educativas privadas que decidan reducir o cesar su actividad.

Asimismo, debe readecuar su plan de obras de construcción de nuevos edificios escolares y de ampliación y/o refacción de los existentes.

Art. 5º. Presupuesto. A fin de garantizar en forma efectiva lo establecido en los artículos 2º, 3º y 4º:

  1. Se aplican los fondos provenientes del ahorro dispuesto por el art. 1º, lo que en el Presupuesto 2012 supera los 1.300 millones de pesos.
  2. El Poder Ejecutivo puede disponer, en los términos del art. 24º de la Ley 4.041, una redistribución de hasta un cinco por ciento (5%) del Presupuesto 2012, lo que supera los 1.700 millones de pesos.
  3. La Legislatura puede disponer una modificación presupuestaria de emergencia en base a la anulación de exenciones fiscales a sectores empresarios.

Art. 6º. Participación de la comunidad educativa. En cada Comuna se constituye una Comisión Asesora, integrada por nueve (9) miembros: tres (3) representantes de los docentes, uno (1) de los directivos y supervisores, uno (1) de los padres, uno (1) de los estudiantes de nivel medio, uno (1) de la Comuna, uno (1) de la Legislatura y uno (1) del Ministerio de Educación.

Las comisiones deben realizar un informe sobre la matrícula escolar en cada Comuna, su evolución y desigualdades, a fin de elaborar propuestas tendientes a fortalecer la educación estatal y a satisfacer la demanda insatisfecha.

Dichos informes deben ser presentados ante la Legislatura en el plazo máximo de sesenta (60) días a partir de la sanción de la presente ley.

Art. 7º. Derógase toda norma que se oponga a lo dispuesto en la presente ley.

Art. 8º. Comuníquese, etc.

Cláusula transitoria. A fin de realizar las adecuaciones necesarias, la presente ley entrará en vigencia en el plazo máximo de un (1) año corrido a partir de su aprobación. Durante dicho lapso, las instituciones educativas privadas no podrán disponer aumentos de sus aranceles ni reestructuraciones de su personal.

Fundamentos

Sra. Presidenta:

La defensa de la escuela pública es una consigna incluida en las plataformas de casi todos los sectores políticos de la Ciudad y del país. A su vez, si le preguntáramos a cualquier persona qué entiende por escuela pública, seguramente nos respondería que es la escuela estatal. Nosotros también lo entendemos así.

Defender la escuela pública, entonces, significa que el Estado debería garantizar los elementos imprescindibles para su correcto funcionamiento y desarrollo. A saber:

  • infraestructura escolar adecuada, más las obras y refacciones necesarias;
  • docentes capacitados y motivados, con salarios y condiciones laborales dignas que les permitan desempeñarse en un solo cargo, e igualmente para el personal directivo y no docente;
  • programas y contenidos curriculares apropiados y actualizados, fruto del debate democrático de los actores del sistema educativo;
  • condiciones de acceso, permanencia y egreso para los alumnos, incluyendo becas, comedores, material didáctico y políticas sociales complementarias;
  • obviamente, el presupuesto necesario para garantizar las condiciones antedichas;
  • todo ello en el marco de un sistema educativo administrado, fiscalizado y evaluado con carácter democrático e integrador, que apunte a igualar oportunidades y permita elevar su nivel.

Comparar esta enumeración con la situación concreta de la escuela pública ratifica la enorme distancia que hay entre lo prometido y la realidad. La responsabilidad política es, sin duda, de los gobernantes. Tomemos sólo dos casos recientes. El jefe de gobierno de la Ciudad, a través de su ministro de Educación, intenta cerrar grados y divisiones. La presidenta de la Nación, hace muy poco, acusó a los docentes de trabajar “sólo cuatro horas por día” y tener “tres meses de vacaciones”

Un reciente informe[1], que tuvo amplia difusión pública, marca que el 37.5% de los chicos argentinos iniciaron su educación primaria en una escuela de gestión privada en el año 2011, mientras que en el 2003 ese número era el 25.9%. La matrícula estatal cayó más de 11 puntos. Lo mismo pasa entre los chicos de 5 años: si en 2003 tenía matrícula privada el 25%, en 2011 creció al 34%. Es decir, cada vez más alumnos empiezan a estudiar en escuelas privadas sin siquiera probar antes en las del Estado.

 No siempre hubo subsidios al sector privado

Vale recordar que en nuestro país no siempre el Estado subsidió la enseñanza privada. Comenzó en 1949, durante la primera presidencia de Juan Domingo Perón, como un aporte estatal al pago de los sueldos docentes de escuelas privadas que atendieran a sectores carenciados o estuvieran en zonas adonde el Estado no llegaba. La Ley 13.047 igualó las condiciones laborales de los docentes privados.

En 1955, la dictadura de Aramburu y Rojas promovió la creación de Universidades privadas. En 1958, siendo presidente Arturo Frondizi, se equipararon los títulos públicos y privados. En 1964, bajo gobierno de Arturo Illia, el Decreto 15/64 reglamentó los subsidios de un 40 a un 100% del total de los salarios docentes de las escuelas privadas.

En los ’60 y ’70, la gradual liberalización y desregulación del control estatal alentó el avance de la enseñanza privada. La última dictadura militar afianzó el criterio de que la debe subsidiar el Estado. En el Congreso Pedagógico de 1986, siendo presidente Raúl Alfonsín, la presión de las cúpulas religiosas hizo excluir del debate el tema subsidios.

Muy lejos de la vieja y progresiva Ley 1.420, de 1884, que bien llamaba a las escuelas privadas como particulares, con su Decreto 2542/ 91 el presidente Carlos Menem introdujo el tramposo concepto de educación pública de gestión privada. Al día siguiente, su Ley 24.049 transfirió los servicios educativos a las provincias -sin recursos suficientes-, dejándolas además a cargo de subsidiar al sector privado. En 1993, su Ley Federal de Educación 24.195 incluyó el mismo concepto falaz de educación pública de gestión privada.

Esa nefasta Ley Federal fue derogada en 2006 por la Ley Nacional de Educación 26.206, siendo presidente Néstor Kirchner. Si bien según el art. 65 de la nueva ley los subsidios se deben basar en criterios objetivos de justicia social, teniendo en cuenta la función social…, el tipo de establecimiento, el proyecto educativo o propuesta experimental y el arancel que se establezca”, el art. 14 mantiene aquella misma y perjudicial concepción menemista.

Dicha Ley Nacional de Educación de 2006 incluyó otros cambios que de hecho habilitan a cualquier persona a abrir su propia escuela con subsidios del Estado. Año a año, la discrecionalidad de los gobernantes profundizó toda esta matriz privatista. Pero hablar de escuela pública de gestión privada resulta un verdadero contrabando ideológico, que pretende naturalizar que el Estado deba subsidiar con fondos públicos a escuelas privadas. Nosotros proponemos invertir la carga de la prueba: ¿por qué seguir sosteniendo con los dineros que son de todos a la instrucción diferente elegida por algunos?

Diferencias entre escuela pública y privada

Los objetivos esenciales del propietario de una escuela privada son dos: sostener determinada ideología y/o confesión religiosa u obtener ganancias al concebir la educación como una mercancía -como cualquier empresa capitalista-, o ambos a la vez. Al respecto, citamos un texto de ADEMYS (Asociación Docente de Enseñanza Media y Superior)[2]:

“El carácter público de un sistema educativo está dado por tres elementos: uno es la gratuidad… El segundo es la diversidad de la matrícula, o sea la inexistencia de discriminación, una escuela para todos. El sistema privado a través de distintos mecanismos segrega, discrimina, ya sea por religión, origen de nacionalidad, nivel socioeconómico o enfoque ideológico del grupo propietario de la escuela.

“El tercero es la existencia de concursos públicos para designar sus docentes. Esto impide la discriminación ideológica del docente por parte de una entidad particular y por lo tanto abre la potencialidad de un conocimiento público… Por el contrario, las escuelas privadas suponen una preselección de lo que se enseña y del enfoque que se da, a través no solo de la selección de los alumnos y por lo tanto de su familia sino de los docentes…

“Las escuelas estatales han visto deteriorado su carácter público debido fundamentalmente a la pérdida del segundo de sus componentes: el corrimiento de matrícula de sectores medios, o incluso populares no excluidos, a escuelas privadas. Esto ha dado como resultado un sistema público que contiene centralmente a los sectores más carenciados y excluidos de la sociedad…”

Escuela privada: religión e ideología

El Pacto de San José de Costa Rica, incorporado a la Constitución Nacional desde 1984, indica en su art. 12º inciso 4 que los padres, y en su caso los tutores, tienen derecho a que sus hijos o pupilos reciban educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones. Lo mismo plantean otros tratados internacionales con rango constitucional. Y en similar sentido va el art. 23 de nuestra Constitución local, que dice que la Ciudad respeta el derecho individual de los educandos, de los padres o tutores, a la elección de la orientación educativa según sus convicciones y preferencias.

No obstante, el respeto a esos derechos no obliga en absoluto al Estado a subsidiar a las escuelas confesionales ni a otras privadas. Reconocemos esos derechos, aun sin compartirlos, pero no deben ser ejercidos a costa de subsidios estatales.

Mientras las escuelas confesionales incumplen, por ejemplo, las leyes nacional (26.150) y porteña (2.110) de educación sexual, hay una fuerte injerencia de la Curia en la enseñanza pública. Así lo confirma el hecho de que la actual Directora General de Educación de Gestión Privada de la Ciudad (DGEGP) es -o era- Directora Ejecutiva de la Vicaría Episcopal de Educación.

Pero el dilema escuela pública / escuela privada va inclusive más allá de si el Estado debe brindar una educación laica, moderna y científica en lugar de financiar a tal o cual dogma religioso. Es que existe un nexo estructural entre el sistema educativo y el modelo de ciudadano y de sociedad que se busca construir. Por eso es preciso abrir un debate de fondo sobre el rol social de la educación pública y la privada.

Las escuelas privadas ejercen un recorte ideológico en el currículo y la elección de sus docentes que implica un abuso de poder sobre las jóvenes generaciones al impedirles el acceso democrático a la diversidad de pensamiento. La escuela estatal, en cambio, como designa a sus docentes por concurso público -sin digitación de poderes gubernamentales o empresariales-, asegura esa necesaria diversidad.

Pese a funcionar en el contexto de esta sociedad de clases, bajo muchas limitaciones y presiones, por su propia naturaleza la escuela pública es cualitativamente superior a la privada. Es de acceso democrático y universal. Es la escuela de todos y todas, para todos y todas, integradora, con independencia del origen de clase, género, nacionalidad o capacidad económica. Por eso contribuye a socializar a las nuevas generaciones, en un marco de respeto al otro y fortalecimiento de los lazos necesarios para construir una sociedad sin discriminación. Por eso apunta a formar en el pensamiento crítico, no dogmático, abierto a la pluralidad de opiniones y corrientes, la interculturalidad y la solidaridad. Y por eso -a pesar de todo, insistimos- cumple un rol transformador.

La educación privada está lejos de ser así. Restringe el acceso a causa de la pertenencia social o religiosa e incluso de la nacionalidad[3]. Educa entonces en los valores de un solo sector social o confesional, separado, por ende siempre parcial y sesgado. Por esa razón forma en un tipo de pensamiento más cerrado, más hegemónico, más autosuficiente. Por eso fomenta valores como la competencia, la diferenciación y el individualismo personal o sectorial. Por eso alienta circuitos discriminatorios, que profundizan la fragmentación y guetización social. Y por eso desempeña un rol conservador.

Educación porteña: la más privatizada del país

Nuestra posición tradicional es la de oponernos a subsidiar con fondos públicos la educación privada. Y la sostenemos con mayor énfasis en el caso de la Ciudad de Buenos Aires. Gobierno tras gobierno, aquí ha venido creciendo el índice de privatización educativa y desde hace años tiene el más alto del país: casi uno a uno en relación con la matrícula estatal. Así lo reconoce el Anuario Estadístico del propio Ministerio de Educación local:

Matrícula Primaria

2001

2010

Estatal

150.604     57.5%

143.319     53.1%

Privada

111.376     42.5%

126.687     46.9%

Total

261.980

270.006

Matrícula Media

2004

2010

Estatal

102.504     53.3%

 92.933     51.1%

Privada

  89.688     46.7%

 88.895     48.9%

Total

192.192

181.828

Siendo aun mayor en la educación inicial, el incremento de la matrícula privada en desmedro de la estatal es evidente en todos los niveles.

Según los defensores de la enseñanza privada, una de las causas son los paros y licencias docentes. Pero entre 1989 y 2006 no hubo en la Ciudad paros locales. Y de 2003 a 2010 sólo hubo tres paros nacionales, que en general también cumplen los docentes privados. Los días sin clase por jornadas de reflexión se limitan hoy a dos o tres al año. Y en un gremio con mayoría de mujeres, que además suelen cumplir doble tarea en su hogar, las licencias por estudio u otras razones se podrían reducir incluyendo la capacitación en servicio y habilitando cargos de maestro de apoyo para cubrir las suplencias cortas.

La realidad es otra. Si por responsabilidad del gobierno en muchos distritos faltan escuelas públicas y no se construyen, o no hay escuelas de doble turno, o en las que hay los techos se caen o no tienen gas; si los trabajadores de la educación ganan bajos salarios y no reciben capacitación continua; si los programas de estudio están desactualizados, se eliminan las juntas docentes; se cierran cursos y un largo etcétera; todo esto provoca un deterioro global que empuja a algunos sectores medios a buscar respuesta educativa para sus hijos en el sector privado.

El reciente cierre de cursos dispuesto por el gobierno de Mauricio Macri es una nueva medida funcional a los privados. Así lo considera también el pronunciamiento crítico de los supervisores de la Ciudad, de marzo pasado: “Las escuelas con reducción de matrícula están afectadas por el crecimiento de escuelas privadas subvencionadas por el Estado en su radio de influencia inmediata. Al mismo tiempo existe imprevisión y ausencia de planes de construcción de aulas y escuelas para resolver la faltante de vacantes en la zona sur, cuyo problema lleva ya varios años.”

Lo mismo señala la Unión de Trabajadores de la Educación (UTE), uno de los dos principales sindicatos de la docencia porteña. “La Ciudad necesita más y mejores escuelas: rechazamos el cierre de grados y cursos. Con este tipo de medidas se sigue con la política de reducción de lo público, mientras aumenta el subsidio a la enseñanza privada y no da respuestas a la falta de jardines y escuelas medias”.

Incumplimientos

La Constitución porteña, en el art. 25 párrafo 2º, señala que “la Ciudad puede realizar aportes al funcionamiento de establecimientos privados de enseñanza, de acuerdo con los criterios que fije la ley, dando prioridad a las instituciones que reciban a los alumnos de menores recursos”. Pero puede no significa de ningún modo debe.

En su párrafo 1º, indica que “las personas privadas y públicas no estatales que prestan servicio educativo se sujetan a las pautas generales establecidas por el Estado, que acredita, evalúa, regula y controla su gestión, de modo indelegable”. Pero evaluar y controlar a las privadas, el gobierno no lo hace.

A su vez, el art. 24 establece que “la Ciudad asume la responsabilidad indelegable de asegurar y financiar la educación pública, estatal laica y gratuita en todos los niveles y modalidades, a partir de los 45 días de vida hasta el nivel superior, con carácter obligatorio desde el preescolar hasta completar diez años de escolaridad, o el período mayor que la legislación determine”. Pero el gobierno no lo asegura.

Basta leer otros mandatos constitucionales para constatar su lejanía de la realidad. Según el art. 23º, “la Ciudad reconoce y garantiza un sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad, tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática. Asegura la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso, permanencia, reinserción y egreso del sistema educativo. Promueve el más alto nivel de calidad de la enseñanza y asegura políticas sociales complementarias que posibiliten el efectivo ejercicio de aquellos derechos.”

Según el art. 24, además, “organiza un sistema de educación que… asegure la participación de la comunidad y la democratización en la toma de decisiones. Se responsabiliza por la formación y perfeccionamiento de los docentes para asegurar su idoneidad y garantizar su jerarquización profesional y una retribución acorde con su función social. Garantiza el derecho de las personas con necesidades especiales a educarse y ejercer tareas docentes, promoviendo su integración en todos los niveles y modalidades del sistema.”

La Ley 3.331 de Políticas Públicas para la Inclusión Educativa Plena (diciembre 2009), ambigua ya que no distingue entre escuela estatal y privada, establece en su art. 4º “el 50% de mayor inversión anual por alumno, en infraestructura nueva y ampliaciones, en las áreas con poblaciones social y económicamente vulnerables que requieren atención diferenciada para una inclusión educativa plena. Esta mayor inversión anual por alumno deberá realizarse durante los primeros cinco (5) años de la puesta en vigencia de la presente Ley”. Cumplidos ya tres años, este artículo no se aplica. Su aplicación, además, de hecho habilita circuitos discriminatorios al interior mismo del sistema público: por un lado, escuelas con concentración de matrícula de sectores excluidos; por otro, escuelas sobrepobladas con discriminación de matrícula bajo diferentes argumentos.

La Ley 898 (setiembre 2002), estableció en la Ciudad los 13 años de educación obligatoria. Según su art. 2º, debía “obtenerse el cumplimiento pleno de la obligatoriedad al finalizar el ciclo lectivo del año 2007”. A cuatro años de vencido el plazo, el gobierno no sólo incumple la ley sino que en el nivel medio se acentúa la deserción.

Más incumplimientos

En la Ciudad se incumple también la obligatoriedad nacional de la jornada extendida en primaria. Según la Ley 26.075 de Financiamiento Educativo -y más allá de nuestra opinión sobre dicha ley-, se debe garantizar que al menos “un 30% de los alumnos de educación básica tengan acceso a escuelas de jornada extendida o completa, priorizando los sectores sociales y las zonas geográficas más desfavorecidas”. Pero el último análisis disponible de la Dirección General de Planeamiento de la Ciudad (2007), indica que en 12 de sus 21 distritos escolares no se alcanza tal porcentaje. Se estimaban 6.411 cupos faltantes. Desde ya, la oferta estatal de doble jornada debería ser mayor. Pero si las primarias estatales cumplen el porcentaje en 20 de los 21 distritos escolares -salvo el 21-, las de gestión privada lo incumplen en todos los distritos.

Y hay otras infracciones con aval del gobierno. En un detallado informe[4], la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) señala: “La política de subsidios a establecimientos educativos de gestión privada es poco transparente, inequitativa e irrazonable, y no cumple en modo alguno con los criterios establecidos en la Ley de Educación Nacional y en la Constitución de la Ciudad.

“La única información objetiva proporcionada por las escuelas al Ministerio, que puede indicar en alguna medida su realidad socioeconómica, es el arancel total que cobran y su ubicación geográfica.

“Los topes máximos establecidos por la DGEGP a los aranceles cobrados por las escuelas de gestión privada son excesivamente altos en relación con el porcentaje de aporte que reciben las escuelas, y autorizan el cobro de aranceles muy superiores por diversos adicionales[5], lo que distorsiona seriamente la finalidad del aporte estatal.”

Y concluye: “El Estado no tiene verdaderamente en cuenta el arancel real que cobran las escuelas de gestión privada a fin de establecer el porcentaje de aporte, lo que genera la aplicación de fuertes subsidios a escuelas que tienen una matrícula de elevado poder adquisitivo, en abierta contradicción con los criterios igualadores que deberían guiar su distribución.”

Y desigualdades

A valores devengados reales, la proporción de los subsidios a escuelas privadas sobre el presupuesto educativo total de la Ciudad no ha variado demasiado en los últimos años. En 2004 fue del 17.8%, en 2007 bajó al 15.1%, en 2010 volvió al 17.8%, y en 2011 y 2012 ronda valores similares. En cambio, aunque tampoco son nuevas, se agravaron otras desigualdades.

Una de ellas es la distribución geográfica. En 2010, del total de subsidios, el 58% fue a 278 escuelas privadas en zona norte y el 42% a 153 escuelas privadas en zona sur, cuya población es la de mayores necesidades y donde la oferta educativa es muy inferior.

Como señala ACIJ, la brecha se ahonda: “La mayor cantidad de subsidios se asigna a establecimientos privados en la zona norte de la Ciudad, y en los distritos de mejor condición socio-económica, donde hay más escuelas privadas. Esa diferencial asignación de recursos públicos no se explica si se tiene en cuenta que en muchos distritos del norte sobran vacantes en escuelas públicas. Por el contrario, en los distritos de la zona sur faltan vacantes y las condiciones educativas son mucho peores. En lugar de asegurar el acceso a una educación igual de quienes menos tienen, el Estado subsidia la elección de una escuela cara de quienes más tienen y además pueden ir a escuelas estatales, que en la zona norte tienen mejores condiciones.”

Si tomamos los recursos disponibles para Educación y no ejecutados, en 2006 fueron de 81 millones de pesos mientras que en 2011 treparon a 322 millones. En cuanto a la subejecución presupuestaria en Infraestructura Escolar, en 2006 era de 39 millones mientras que en 2011 subió a 241 millones.[6]

Urge entonces revertir este modelo (anti)educativo que solventa con dineros del Estado el dogma o el negocio de las empresas educativas privadas, a la vez que descuida la escuela pública buscando reducirla a un mero rol de contención de los sectores pobres. Junto a nuestro proyecto de Ley de Obligatoriedad de los funcionarios políticos de educar a sus hijos en escuelas públicas, el presente proyecto es otra herramienta para la defensa consecuente de la escuela estatal.

Es imperioso desarrollar políticas para recuperar el carácter de espacio público de las escuelas estatales, sin discriminaciones de ningún tipo. Como lo decía en su primer punto la Declaración de Principios de Huerta Grande, Córdoba, cuando en agosto de 1973 se fundó la CTERA: La educación es un derecho de todo el pueblo y, por lo tanto, constituye un deber y una función imprescriptible, indelegable e inalienable del Estado. Para lograrlo, es necesario recomponer la educación en un sistema público único, sin injerencia de empresas privadas, entidades religiosas o particulares, totalmente financiado por el Estado y con concursos públicos para elegir sus docentes. Ese proceso requiere abrir un debate por una nueva ley de educación nacional y una primera ley en la Ciudad. En esa perspectiva, y con carácter de transición, proponemos la presente ley.

Sumar fuerzas

Los pronunciamientos que van en el sentido de este proyecto se amplían.

Por ejemplo ADEMYS, uno de los sindicatos más representativos y democráticos de la docencia porteña, desde hace tiempo sostiene la necesidad de terminar con los subsidios estatales a la educación privada. En el ejercicio 2012 dichos subsidios[7] superan los 1.300 millones de pesos.

Familias por la Escuela Pública, agrupación que nuclea a padres de más de 20 escuelas estatales de la Ciudad, en sus volantes de marzo pasado contra el cierre de cursos, afirma: “Señalamos que un continuo proceso de transferencia de recursos a escuelas privadas, sin regulación ni control, junto a la desinversión en infraestructura, y en formación y capacitación docente, son elementos que confluyen generando las condiciones para dar este nuevo golpe a la educación pública.” Y proponen “la eliminación del subsidio a las empresas educativas privadas”.

El compromiso está planteado. Convocamos a todos los trabajadores de la educación, estudiantes, padres, organizaciones sociales y personalidades que quieren defender la escuela pública a unir fuerzas para impulsar la difusión y el debate de este proyecto, y a luchar juntos por hacerlo realidad más temprano que tarde.

[1] Elaborado por el Centro de Estudios en Políticas Públicas (CEPP), en base a datos de la Encuesta Permanente de Hogares del INDEC.

[2] ¿Por qué creció la educación privada en Argentina? (febrero 2011), de Laura Marrone, docente de escuela estatal y secretaria de Educación de ADEMYS.

[3] Por la falta de control estatal, además de la discriminación social las escuelas privadas discriminan también a los alumnos que presentan problemas de aprendizaje, conducta o demandan atención especial. Esto no garantiza mejor educación ya que, en muchos casos y para optimizar ganancias, tienen grados superpoblados.

[4] Subsidios estatales a escuelas de gestión privada en la Ciudad de Buenos Aires (abril 2011).

[5] Arancel extra-programático, matrícula, cuota para mantenimiento y equipamiento, transporte, comedor, internados, seguro de vida y/o emergencia médica, cuota por asociaciones de padres.

[6] Datos de la Cuenta de Inversión oficial, a valores reales de 2011.

[7] Excluidos los que provienen del Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID).


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