La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declara su preocupación y rechazo ante el Decreto Nº 929/13 del PEN, el convenio Corporación Chevron-YPF S.A. y el acta-acuerdo entre el Ministerio de Energía y Servicios Públicos de Neuquén e YPF para la explotación del yacimiento Vaca Muerta.
Fundamentos
Señora Presidenta:
Postulando el objetivo de la “soberanía energética” y el autoabastecimiento, el Decreto 929/13 del Poder Ejecutivo de la Nación ha abierto las puertas, en forma contradictoria, a que inversoras internacionales puedan exportar parte de nuestra energía, girar regalías al exterior sin retenciones y vendernos nuestros propios recursos hidrocarburíferos a precio internacional.
Lejos de considerar a la energía como un derecho de los pueblos, dicho decreto reafirma la política de enajenación y mercantilización de la misma.
El gobierno nacional defiende que el contrato de la Corporación Chevron con YPF es de carácter privado, razón por la cual hay “cláusulas reservadas”. Pero si se supone que YPF volvió a ser nacionalizada mediante la Ley N° 26.741, los argentinos deberíamos conocer este acuerdo por ser de incumbencia pública. Tres jueces ya han pedido que se revelen las clausulas secretas, pero el gobierno insiste en que se trata de un acuerdo entre privados.
Bajo este manto de incertidumbre y casi con los ojos vendados, los legisladores neuquinos deben votar si aprueban o no el acta-acuerdo firmada entre el Ministro de Energía y Servicios Públicos de Neuquén e YPF S.A. para la explotación del yacimiento Vaca Muerta. Como si esto fuera poco, el oficialismo provincial impidió que el proyecto sea tratado por la Comisión de Medio Ambiente de la Legislatura de Neuquén.
Es importante recordar que la empresa Chevrón-Texaco, después de 20 años de juicio en el Ecuador, fue condenada al pago de 19.000 millones de dólares por los daños que ocasionó en ese país al derramar millones de litros de petróleo, contaminando ríos y cerca de 500 mil hectáreas en territorio de comunidades indígenas. Mientras la empresa multinacional se niega a reconocer a la justicia ecuatoriana, muchos países de la región se han pronunciado en apoyo de Ecuador.
Aquí pretenden utilizar la tecnología de fractura hidráulica (fracking) que ha sido prohibida temporal o definitivamente en estados de EE.UU. y en varios países europeos por el daño ambiental que provoca. Hace unas semanas se incendió un pozo en la localidad de Plottier, Neuquén, muy cercano a barrios poblados, y para apagarlo debieron traer un cuerpo de elite norteamericano para que controle lo que aquí no se pudo. El proyecto de explotación del yacimiento Vaca Muerta incluye más de 1.600 pozos.
En este sentido también es importante destacar que se ha violado la normativa nacional e internacional de los derechos de los pueblos indígenas, ya que estos no fueron consultados previamente a la firma del contrato, tal como lo establece la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas en su artículo 19, así como el artículo 6 del Convenio Nº 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes.
Por último, también es importante preguntarse qué sucede si Chevrón no quiere cumplir el contrato que firmó. Más allá de las cláusulas que desconocemos, lo que sí sabemos es que si dicha corporación incumple el contrato y decidimos expulsarla, podrá apelar al CIADI en el marco del Tratado Bilateral de Inversión que aún sigue vigente con EE.UU, y reclamarnos una indemnización multimillonaria que recaería sobre el pueblo argentino. La última demanda que recibimos ante este organismo es de 10.000 millones de dólares de parte de la española Repsol, la mayor demanda en el mundo en este organismo del Banco Mundial.
Por lo tanto, estos acuerdos y el mencionado decreto marco, además de avasallar los derechos de los pueblos originarios y poner potencialmente en riesgo el ambiente y la salud de futuras generaciones, constituye un evidente retroceso en la recuperación de la soberanía energética, agrava la dependencia económica e incluso nos pone en una situación de vulnerabilidad jurídica.