2014
Regularización de la actividad de los cuidacoches (26/03/14)
Artículo 1º. Créase el “Registro de Cuidadores de Vehículos” (RCV) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el cual funcionará en el ámbito de la Subsecretaría de Uso del Espacio Público, del Ministerio de Ambiente y Espacio Público. (más…)