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wpid-COMISION2.gifProyecto de Ley

Artículo 1°.- En caso de disolución del Instituto Espacio para la Memoria (IEM), se establecen garantías laborales para sus ciento veintisiete (127) trabajadores/as: cuarenta y ocho (48) de planta permanente y setenta y nueve (79) contratados bajo la modalidad de locación de servicios. 

Art. 2º.- Todo/a trabajador/a de planta permanente o contratado/a tiene derecho a optar por su traspaso a la administración pública nacional o su permanencia bajo dependencia del Gobierno de la Ciudad.

Art. 3º.- Todo/a trabajador/a de planta permanente, cualquiera sea su opción de las previstas en el art. 2º, conserva dicha condición laboral.

Art. 4º.- Si un/a trabajador/a contratado/a opta por la permanencia en la administración pública local, se dispone su pase a planta permanente.

Si un/a trabajador/a contratado/a opta por el traspaso a la administración pública nacional, se insta a ésta a disponer su pase a planta permanente.

Art. 5º.- En todos los casos, a los/as trabajadores/as se les asegura su continuidad laboral en iguales o mejores condiciones en cuanto a salario, antigüedad, cargo y función, así como el reconocimiento de sus títulos y antecedentes.

Art. 6°.- Comuníquese, etc.

Fundamentos
Señora Presidenta:

El Poder Ejecutivo local suscribió el pasado 22 de enero un convenio con el Estado nacional para traspasarle el derecho de usufructo sobre varios espacios de la ESMA (ex Casino de Oficiales, Pabellón Central, Imprenta, Taller Mecánico, Pabellón Coy y Enfermería) y varios ex centros clandestinos de detención (Automotores Orletti, Atlético, Olimpo y Virrey Cevallos). A fin de aprobar tal convenio, el jefe de gobierno ingresó a esta Legislatura el proyecto de ley 638-J-2014.

Si bien según la cláusula 6ª de dicho convenio en el ex Pabellón Central de la ESMA “tendrá su sede el Instituto Espacio para la Memoria (IEM)”, el 3 de abril el jefe de gobierno ingresó otro proyecto de ley (639-J-2014) para directamente disolver y liquidar el IEM. Es un gravísimo retroceso en la política pública de derechos humanos, que pretende poner fin a un organismo autárquico, con una conducción de carácter plural, cuya tarea es insustituible.

Más allá de nuestra oposición frontal al traspaso de los sitios de memoria y a la disolución del IEM, y en base a la incertidumbre que estos proyectos han generado en su personal, importa resguardar las condiciones laborales para esos 127 trabajadores.

La cláusula 8ª del convenio transfiere a la administración pública nacional el personal del IEM, pero sólo se refiere a aquellos “que revisten como trabajadores en los edificios” traspasados. A su vez, la cláusula 9ª plantea la “equivalencia en la función, jerarquía y situación de revista; retribución no inferior; y reconocimiento de la antigüedad en la carrera y el cargo, la estabilidad y los títulos y antecedentes”.

Sin embargo, tales formulaciones no dejan en claro si abarcan a todos los actuales trabajadores del IEM (48 de planta permanente y 79 contratados), ni incluyen el derecho a no ser transferidos a la Nación de manera compulsiva. Para otorgar ese derecho elemental y preservar y mejorar las condiciones laborales de todos ellos, presentamos el presente proyecto.


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