Proyecto presentado en conjunto con los diputados Raffo Julio, Basteiro Fabio, Campos Antonio, Ferraro Maximiliano, Form Edgardo, García Tuñón Laura, Montes Adriana, Naddeo María Elena, Presman Claudio, Rinaldi Susana, Sánchez Andía Rocío.
Artículo 1º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, por su valor histórico y cultural, el inmueble del “Cine Teatro Taricco”, sito en Av. San Martìn 2377, entre las calles Nicasio Oroño y Fgta. Pte. Sarmiento, (Circunscripción 15, Sección 59, Manzana 133, Parcela 22b).
Artículo 2º.- Decláranse de utilidad pública y sujeto a expropiación, por su valor histórico y cultural, los bienes muebles e inmuebles integrantes del patrimonio del “Cine Teatro Taricco”.
Artículo 3º.- El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través del organismo que corresponda, procederá a la restauración, construcción y puesta en valor de la totalidad de la fachada, el interior y las instalaciones del inmueble, conservando las características estilísticas originales.
Artículo 4°.- Los bienes expropiados por el Gobierno de la Ciudad serán destinados para su uso exclusivo como cine, teatro, biblioteca, eventos artísticos, culturales y sociales permitidos por la normativa vigente.
Artículo 5º.- La determinación del valor de los bienes a expropiar, se hará conforme a la tasación que efectúe el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 10 de la Ley 238.
Artículo 6º.- En caso de no existir acuerdo sobre el valor de los bienes objeto de la expropiación, el Poder Ejecutivo procederá en la forma prevista por el artículo 14 de la Ley 238, haciendo uso de la potestad establecida en el inciso c) de dicha norma.
Artículo 7°.- Facúltase al Poder Ejecutivo, a promover las acciones conducentes a fin de deducir de la indemnización a pagar por la expropiación el importe de los impuestos, tasas y contribuciones que los propietarios adeuden al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por cualquier concepto y demás rubros que pudieran corresponder, de acuerdo con las previsiones de la Ley 238.
Artículo 8º.- La Autoridad de Aplicación de la presente Ley será el Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 9º.- La Autoridad de Aplicación deberá instrumentar las medidas necesarias a fin de que se destine el inmueble mencionado al funcionamiento del espacio cultural “Cine Teatro Taricco”.
Artículo 10º.- La administración y programación cultural estará a cargo de una comisión honoraria que deberá integrarse por 1 (un) representante del Ministerio de Cultura de la Ciudad de Buenos Aires, 1 (un) representante de la Junta Comunal de la Comuna 15º, y 5 (cinco) vecinos representantes de organizaciones no gubernamentales que tengan su domicilio declarado y real en la Comuna 15º.
Artículo 11°.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley, serán imputados a la partida presupuestaria correspondiente.
Artículo 12º.- Comuníquese, etc.
FUNDAMENTOS
Señora Presidenta:
Entre 1896 y 2010 existieron en Buenos Aires más de trescientas salas de cine. A lo largo de los años, muchos han sido demolidos, abandonados o han transformado su uso originario en actividades no vinculadas al cine.
Se han venido desarrollando algunos procesos, impulsados por vecinos, que tienden a la recuperación de aquellos espacios que formaban parte de la identidad barrial. Es el caso del Cine El progreso (en Lugano), recuperado en 1999 por iniciativa de los vecinos y cuya gestión corre hoy por cuenta del GCBA, el Cine-Teatro 25 de Mayo (en Villa Urquiza) y el Cine El Plata (en Mataderos). Podemos observar con entusiasmo que estos cines se han recuperado y hoy forman parte de la expresión cultural de sus barrios.
El Cine Teatro Taricco funcionó entre 1920 y 1969 en el barrio de La Paternal. Fue sede de innumerables espectáculos y eventos culturales y sociales entre los que se han realizado: entregas de diplomas, fiestas escolares y asambleas barriales; actuaciones como las de Carlos Gardel, Luis Sandrini, Tita Merello, las hermanas Legrand y gran cantidad de artistas populares. Además de ofrecer las más variadas propuestas cinematográficas como “Nuevo Cinema Paradiso” (1988), “Charles Chaplin cortos” (1889-1977), “Verdadera historia de la primera fundación de Buenos Aires” (1959), entre otras. El Cine Teatro Taricco fue declarado Sitio de Interés Cultural por la resolución 442/2004 de esta Legislatura.
Con la recuperación de este espacio histórico, se busca aportar al enriquecimiento simbólico y cultural de los vecinos de La Paternal y Villa Mitre, quienes cuentan hoy con escasos espacios culturales de las características mencionadas. Conscientes de esta situación y con el convencimiento de que la cultura es parte fundamental para la realización de una comunidad, es que hace más de diez años los vecinos vienen juntando firmas y haciendo manifestaciones por la reapertura del Taricco.
En el marco de esa lucha, los vecinos han presentado este proyecto en el año 2011 (expte 302-2011) bajo la coautoría de los diputados RAFFO, JULIO – MAFFIA, DIANA – SANCHEZ ANDIA, ROCIO. Este expediente ha recorrido un largo camino, en el cual se ha logrado un dictamen favorable de la comisión de cultura, el cual lastimosamente ha caído por haber sido un año de renovación de la cámara. También cuenta con informes de la Defensoría del Pueblo y de la Subsecretaria de Patrimonio Cultural del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad, en donde ambos informes revelan la factibilidad de revivir el Cine Taricco. –Informes que se acompañan al expediente-.
La representación de este proyecto apunta a seguir con la convicción de que es posible lograr que la sala vuelva a difundir las distintas expresiones del cine nacional y formar parte, además de su programación regular, de festivales de cine, teatro, danza, música y todos aquellos eventos que se realicen en carácter de circuito social y cultural.
Para la coordinación de las actividades, la propuesta es integrar a las organizaciones barriales y vecinos junto al Gobierno de la Ciudad, a formar parte del sostenimiento y programación del espacio. De esta manera se asegura al funcionamiento del Cine Teatro Taricco, una diversidad y participación ciudadana en la construcción cultural, creando y fortaleciendo las diversas expresiones artísticas y culturales; estrechando lazos de solidaridad y construcción colectiva de los vecinos de los barrios de la Ciudad.
En la elaboración de este proyecto, debe mencionarse la participación de las siguientes organizaciones: Comisión de la Memoria y la Justicia de Paternal y Villa Mitre; Comisión permanente de Osvaldo Fresedo; Centro Cultural de La Muralla; Biblioteca Popular Juan M. Becciú; La Paternal Cine Ambulante; Consejo Consultivo de la Comuna 15º; Comisión de Urbanismo y Medioambiente de la Comuna 15º; Murga Cachengue y Sudor; Periódico Todo Paternal; Periódico Tras Cartón; Asociación Amigos de la Av. San Martín y Adyacencias; Colectivo Seguí Nicasio; Grupo Eternauta.
Por todo lo expuesto, solicitamos la aprobación del presente proyecto de ley.