Proyecto de Ley
Artículo 1°.- Otórguese un subsidio por la suma de $75.000 (pesos setenta y cinco mil) a la Comisión Organizadora de la Marcha del Orgullo LGBTIQ de Argentina, con el fin de contribuir a la realización de la Vigésima Segunda Marcha del Orgullo LGBTIQ de Argentina.
Artículo 2°.- El monto será otorgado a los fines exclusivos de la producción, realización y diseño de la Vigésima Segunda Marcha del Orgullo LGBTIQ de Argentina.
Artículo 3°.- El subsidio será otorgado a través de la Asociación Civil Puerta Abierta A La Diversidad, Personería Jurídica N°: 0001710, Domicilio: Alberti 1048 Caba C.P. 1223.
Artículo 4°.- El subsidio establecido en el artículo 1° será abonado dentro de los treinta (30) días de la promulgación de la presente.
Artículo 5°.- La erogación que demande el cumplimiento de la presente será imputada a la partida presupuestaria correspondiente.
Artículo 6°.- Comuníquese, etc.
Proyecto conjuntamente presentado con los Diputados y Diputadas
Alegre, Gabriela; Amor, Alejandro; Bergel, Pablo; Bisutti, Delia; Camps, Adrián Rodolfo; Ferraro, Maximiliano; Form, Edgardo; García Tuñon, Laura Susana; Gullo, Juan Carlos Dante; Ibarra, Anibal; Lubertino Beltrán, María José; Naddeo, María Elena; Neira, Claudia; Nenna, Francisco; Palmeyro, Claudio Marcelo; Presman, Claudio Damián; Rachid, María; Sánchez Andía, Rocío; Selser, Jorge Guillermo