Co-Autores: Aragón, Jorge Esteban – Bergel, Pablo – Campagnoli, José Cruz – Ferreyra, Pablo Ricardo – Form, Edgardo – Gonzalez Gass, Virginia – Rachid, María – Ramal, Marcelo – Rinaldi, Susana.
Proyecto de Resolución
Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo informará, a través de los organismos correspondientes y dentro de los 30 (treinta) días de recibida la presente, sobre los siguientes puntos relacionados con el personal, régimen horario y condiciones de trabajo en el Hospital de Rehabilitación Respiratoria María Ferrer:
- Informe la cantidad total de personal del Hospital, incluido el hogar anexo, detallado por sector y función.
- Informe el total de personal de Enfermería, detallado por sector y por turnos, diferenciando aquellos/as que tienen asignadas “tareas livianas”.
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Informe el total de camilleros, detallado por sector y por turnos.
- Informe el promedio de pacientes por enfermera/o en las terapias Intermedia, Intensiva y Prolongada respectivamente.
- Informe si existe déficit de personal de Enfermería en alguno de los turnos de 6 horas de lunes a viernes y los franqueros.
- Informe si entre los franqueros de Enfermería existen diferentes regímenes horarios y las causas de tal situación. En su caso, remita copia del instrumento administrativo correspondiente.
- Informe si existe un régimen horario diferente para Enfermería, denominado “A y B”, que incluye horas en días de semana y fines de semana. Detalle las causas de dicho régimen y la cantidad de personal afectado. Remita copia del instrumento administrativo que dispuso dicho régimen.
- Informe detalladamente los criterios de la Dirección del Hospital y del Departamento de Enfermería para la asignación de módulos y vales para el comedor. Informe si existe algún instrumento administrativo al respecto y remita copia.
- Informe las razones por las cuales a los franqueros de Enfermería que son amparistas no se les permite cambios de horarios entre sí, ni tampoco realizar módulos en los horarios y días admitidos judicialmente.
- Informe las características de la Guardia en cuanto a amplitud, condiciones edilicias, mobiliario y concurrencia promedio de pacientes externos. Informe si existen camas para la atención de pacientes con criterio de internación. En caso negativo, informe las razones y planes previstos al respecto.
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Informe si en el Hospital existen en curso protocolos de laboratorios privados para pacientes oncológicos.
Art. 2°.- Comuníquese, etc.
Señora Presidenta:
El motivo del presente pedido de informes es la existencia de al menos tres regímenes laborales distintos para el personal de Enfermería, así como otros problemas que afectan al personal y a la atención de pacientes del Hospital.
Es de destacar que dicho Hospital ha sido declarado insalubre desde el año 1968 por el Decreto Nº 4.257.
Por un lado, en Enfermería está el régimen “normal” de 6 horas de lunes a viernes en cuatro turnos, más el 5º turno de franqueros.
En segundo lugar, entre los franqueros existe otra modalidad. Los que han presentado recursos de amparo trabajan 6 horas los sábados, domingos, feriados y días no laborables, según el Decreto 937/07 reglamentario de la Ley 471. En cambio, quienes no han presentado amparo, trabajan 12 horas porque no se les reconoce el carácter insalubre de sus tareas.
Es una injusticia hacia estas/os últimas/os enfermeras/os, aun pendiente de resolver por el gobierno y las autoridades de Salud. Cabe aclarar que todas/os aquellas/os que legítimamente presentaron amparos judiciales han obtenido fallos favorables, que les reconocen la jornada reducida de hasta 6 horas diarias.
En tercer lugar, el personal de Enfermería ingresado desde el año 2012 está bajo un particular sistema, llamado “A y B”, por el cual unos trabajan los lunes, martes y miércoles, así como fin de semana por medio, y otros trabajan los miércoles, jueves y viernes, también con fin de semana por medio alternativo a los anteriores.
Además, en el conjunto del personal de Enfermería una parte de los trabajadores tienen asignadas “tareas livianas” por razones de salud, lo cual sumado al déficit de personal limita la atención a los pacientes.
Estas desigualdades en el régimen laboral perjudican a las/os enfermeras/os, dado que no se alcanza a cubrir la dotación necesaria, sobre todo durante la noche y en fines de semana.
A esto se suma que desde la Dirección del Hospital y el Departamento de Enfermería existe una verdadera discriminación contra quienes han ejercido su legítimo derecho a reclamar, no permitiéndoles realizar módulos -con el consiguiente perjuicio salarial- ni asignarles vales para el comedor. Tal actitud discrecional es una fuente de permanente conflicto en el personal, que ve recortados sus derechos y se siente postergado injustificadamente.
Por último, dos problemas adicionales. Uno muy importante es el de la Guardia, absolutamente insuficiente en amplitud, y que cuenta con 25 sillas pero ninguna cama destinada a pacientes para internación. Esta situación implica hacinamiento y riesgos de contagios de pacientes entre sí y hacia el personal. La segunda cuestión es el de la existencia de protocolos irregulares.
A efectos de conocer en detalle toda la situación y de ese modo aportar a la búsqueda de soluciones, solicitamos la aprobación del presente proyecto.