Observación al Despacho N° 361 de las Comisiones de Educación y Presupuesto
Visto:
El Despacho de Mayoría firmado por diputados del PRO y los Despachos de Minoría firmados por diputados del Interbloque K y de UNEN respectivamente sobre ley de evaluación educativa; y
Considerando:
Que el Despacho de Mayoría firmado por diputados del PRO en su esencia propone el mismo proyecto presentado por Mauricio Macri:
- En vez de un instituto autárquico proponen crear una Unidad de Evaluación como ente descentralizado y con personería jurídica propia en el ámbito del Ministerio de Educación. De contenido, esto implica lo mismo que el instituto. Dicho sea de paso, el término instituto aún sigue apareciendo en 5 artículos de la ley propuesta…
Es más: en su artículo 23, el PRO plantea considerar esa Unidad de Evaluación como “entidad del sector público en los términos del artículo 6 de la Ley 70”. O sea, la igualan al Poder Ejecutivo, el Legislativo, la Justicia y las Comunas…
Desde ya, si bien de la redacción original retiraron la mención explícita a las subvenciones privadas, el ente descentralizado bien puede recibirlas y alertamos que así ocurrirá vista la política privatista del macrismo en educación.
- Aunque el artículo 1º habla de la evaluación “como un proceso de diálogo”, no incluyen ni el más mínimo mecanismo de consulta real a la comunidad educativa. Proponen un Director Ejecutivo plenipotenciario y un Directorio integrado por él y otros 10 miembros, de modo que 7 sobre esos 11 representan al oficialismo gobernante. Del “diálogo” y la participación de los docentes, alumnos y padres o madres en la evaluación educativa, ni rastros.
- Es llamativo que planteen que las tareas de la Unidad (art. 9) deben ser “en un todo de acuerdo… con el art. 58 de la Constitución de la Ciudad”, referido a Ciencia y Tecnología, pero omitan toda referencia a sus arts. 23 a 25, que versan justamente sobre Educación y -entre otros conceptos- disponen que el sistema educativo “asegure la participación de la comunidad y la democratización en la toma de decisiones”. Ni participación ni democratización.
- Sólo se menciona el Estatuto Docente (Ordenanza 40.593) en cuanto al personal a transferir a la Unidad de Evaluación (art. 25). Pero además de los derechos y carrera de los trabajadores de la educación, esa norma vigente ya incluye un detallado mecanismo anual de evaluación docente. No nos extraña que el PRO lo omita, sabiendo que sus referentes consideran al Estatuto Docente como “un obstáculo”.
Que el Despacho de Minoría firmado por diputados de UNEN coincide casi en todos sus términos con el Despacho de Mayoría del PRO hasta en la cláusula transitoria. Más allá de algunos detalles de redacción y un agregado redundante con funciones del Ministerio de Educación (art. 7), plantean dos divergencias de carácter formal sobre la Unidad de Evaluación:
- En vez de ente descentralizado proponen una entidad desconcentrada, con recursos financieros y administrativos propios.
- Sobre financiamiento, proponen no aceptar fuentes distintas al Presupuesto y las herencias, legados y donaciones. Pero bajo la cobertura de “donaciones” bien puede aparecer el financiamiento de sectores privados.
- El proyecto original de UNEN proponía la Unidad de Evaluación con autonomía financiera, pero literalmente bajo la dependencia del Ministerio de Educación. Ahora pasaron a plantearla como entidad desconcentrada, lo cual es regresivo respecto del original.
- Asimismo, de proponer originalmente un Directorio de 4 integrantes, todos elegidos por concurso público, ahora plantean un Consejo Directivo de 12 miembros, exactamente igual al que propone el PRO e incluso con un miembro más por el Ministerio. Tampoco propone ninguna participación de la comunidad educativa en la evaluación de las políticas del área y sus resultados.
- Además, UNEN promueve la injerencia directa del sector privado en la evaluación educativa al incluir entre los jurados para el concurso de Director Ejecutivo al Consejo de Universidades Privadas.
A nuestro modo de ver, tales cambios lamentablemente apuntan en un sentido de convergencia hacia la propuesta del PRO.
Que en cuanto al Despacho de Minoría firmado por diputados del Interbloque K:
- En los considerandos dicen que la evaluación debe “incluir las visiones y las voces de todos/as los implicados/as” y en el artículo 1º hablan de una “elaboración participativa”, pero tampoco plantean ningún método de verdadera consulta y participación de los docentes, alumnos y padres. Así, también terminan planteando una evaluación desde arriba.
- Es más: de un proyecto anterior donde el Poder Ejecutivo tenía minoría en el Consejo de 14 miembros e incluían a los centros de estudiantes, ahora proponen que el oficialismo tenga 9 y no haya estudiantes.
- Los considerandos mencionan al Estatuto Docente, pero el articulado tampoco incluye el mecanismo actual de evaluación docente dispuesto por dicha norma.
- Si bien el art. 3 menciona las áreas del Ministerio que vienen realizando las tareas de evaluación, plantean supeditar sus políticas a “los acuerdos establecidos en el Consejo Federal de Educación”. Pero una cosa es coordinar o articular y otra, muy distinta e incorrecta, es restringir.
Que para atacar una vez más a la escuela estatal, el PRO cuenta como propios para su proyecto de evaluación educativa los dos votos del bloque que preside la diputada Graciela Ocaña. Espero que quien logró su cargo en nombre de la “confianza pública” y diciéndose distinta al macrismo no apruebe un ente privatista que sólo busca ajustar a los docentes y a la educación estatal.
Que sería muy equivocado que algún bloque opositor repita el equivocado accionar del diputado Sergio Abrevaya (UNEN), cuando tiempo atrás facilitó la ley de Mauricio Macri para recortar las Juntas docentes.
Es una línea internacional
Que hay una ofensiva internacional sobre la educación pública. Uno de los ejes de esta política, impulsada por el Banco Mundial, la OCDE y otros organismos es la supuesta búsqueda de la “calidad educativa”. Este concepto, completamente manipulado en favor de los intereses de grandes corporaciones y empresas, viene acompañado de la promoción de sistemas de evaluación estandarizados, como las pruebas PISA y otras. En nombre de una objetividad inexistente, estas evaluaciones miden y califican escuelas, docentes, estudiantes y hasta países. A partir de los resultados, los gobiernos justifican e implementan políticas de mayor fragmentación y privatización del sistema educativo. Eso, más allá de matices entre las distintas gestiones, así viene sucediendo desde hace décadas en nuestro país.
Que con el nuevo intento de Mauricio Macri de imponer, antes su “Instituto de Evaluación” y ahora su “Ente descentralizado”, el debate se ha colocado nuevamente en la Ciudad. También se han presentado proyectos del interbloque kirchnerista y de UNEN. Aunque el proyecto del PRO expresa más marcadamente una propuesta privatista, las otras dos iniciativas coinciden con el oficialismo porteño en seguir sosteniendo criterios de evaluación “desde arriba”, donde el poder político de turno sigue definiendo las políticas educativas sin consultar ni dar participación real a docentes, estudiantes y familias. Por otra parte, ninguno de los tres proyectos defiende al Estatuto Docente como marco de evaluación.
Que junto a compañeros docentes e integrantes del Consejo Directivo de Ademys hemos elaborado una propuesta alternativa: el proyecto de Ley de Evaluación Social de las Políticas Educativas. Allí sostenemos que, para defender la escuela pública, no sirven las evaluaciones arbitrarias que hace el poder y tiene que ser la comunidad educativa la que evalúe las políticas que se vienen aplicando.
Que pensamos que, además de oponernos a las medidas anti-educativas sostenidas por los partidos políticos del sistema, hay que elaborar propuestas que muestren el camino a seguir para salir de la crisis en la que se encuentra la educación estatal y no dejar esos debates en manos de los gobernantes.
Que desde nuestra banca hemos presentado un proyecto de ley en base a un encuadre globalmente distinto.
Nuestra definición de “calidad educativa”
Que como en muchos otros temas, existe un debate sobre lo que se entiende -y se promociona- como calidad educativa. Los impulsores de modelos de sociedades excluyentes han defendido y defienden una idea en esencia elitista para este concepto. Por eso apoyan todo tipo de rankings de escuelas, países, docentes, estudiantes. Los guían criterios meritocráticos y econométricos, donde lo que interesa es llegar a la cumbre, para recibir “el premio” de las autoridades y los organismos internacionales.
Que de esta manera, instituyendo un minucioso sistema de “premios y castigos”, se profundiza la fragmentación del sistema educativo, potenciando las flagrantes desigualdades sociales que ya existen en nuestro país y de las que la Ciudad no está para nada exenta, como ha quedado demostrado con la crisis de la falta de vacantes luego de la inscripción on line.
Que respecto de este debate, citamos un texto del reconocido educador venezolano Luis Bonilla Molina[1]: “La calidad de la educación es para que el sistema escolar garantice procesos de enseñanza-aprendizaje con pertinencia social, capacidad resolutiva de problemas, el pleno desarrollo de la personalidad… La calidad de la educación es para garantizar que nuestro sistema educativo enseñe, investigue y aplique los conocimientos de punta para formar generaciones que lideren la independencia económica, tecnológica, científica y del conocimiento en general con conciencia de los valores de la justicia social y la armonía con el ambiente.
“Para los ricos la educación es un gasto que desvía importantes recursos y esfuerzos para la producción de mercancías. La población es vista como simples consumidores, los cuales pueden ser educados para ello, por los mass media, resultando desde esa perspectiva innecesario el sistema escolar que concreta la premisa de la educación como derecho humano fundamental. En consecuencia se generan un conjunto de operaciones de contrarreformas que se expresan en los discursos referidos a (a) la obsolescencia continuada de la escuela, (b) la precarización creciente de la formación docente; (c) el ataque a los derechos laborales del magisterio, especialmente los referidos a estabilidad laboral, fondos de jubilaciones y pensiones, así como a las condiciones de trabajo, (d) creciente exigencia a los docentes universitarios para que se conviertan en captadores de fondos para las universidades, (e) tendencia a la generalización y cobro de pagos por estudios a los alumnos; (f) diversificación de la planta física escolar y su dotación con la premisa de ahorrar costes, (g) congelación de salarios de los docentes por periodos superiores a los previstos en las contrataciones colectivas.
“Todas están operaciones suelen introducirse con el ‘caballo de Troya’ de la calidad educativa. A partir de la exigencia ciudadana de mejora continua de los sistemas educativos, que les permitan a los estudiantes y egresados un pleno desarrollo personal, laboral y profesional se diseña una estrategia de contrarreformas a escala planetaria. Para la necesaria unificación de criterios de aplicación de estas contrarreformas se demanda de los sistemas de evaluación de calidad, uniformidad en sus procesos, contenidos, criterios y parámetros. Allí surgen PISA (2009) cuyo nombre en español es Programa Internacional para la Evaluación de Estudiantes estandariza los indicadores orientándolos hacia las competencias de los estudiantes (15 años) conforme a los requerimientos del mercado, la innovación tecnológica y las capacidades adaptativas. La formación en historia o artística, vitales en la construcción de cosmovisión del niño y el joven no son valoradas…”
Que nuestra definición de calidad educativa, entonces, es muy diferente. Partimos de considerar que un sistema educativo es de calidad en la medida en que garantiza el derecho universal a la educación y al conocimiento, asegurando que todos los sectores sociales puedan acceder, permanecer y egresar de los distintos niveles educativos. Y que ese trayecto se haga como mínimo en condiciones materiales y pedagógicas dignas, esto es con escuelas y aulas suficientes, en correcto estado de infraestructura y dotadas de los equipamientos imprescindibles para la enseñanza, con docentes y todo el personal necesario en las escuelas cobrando un salario que les permita desarrollarse plenamente, con una política estatal de capacitación y formación activa, en servicio, para todos los educadores.
Que también pensamos que mayor será la calidad cuanto mayor sea la participación democrática de los distintos sectores de la comunidad educativa en el diseño, implementación y seguimiento de las políticas de educación. Así se podrían valorar y enriquecer distintas experiencias pedagógicas que se vienen implementando de manera aislada; mientras se dialoga seriamente con los estudiantes y las familias sobre el conjunto del proceso de enseñanza/aprendizaje, tomando en cuenta sus necesidades, opiniones y propuestas.
Que nuestro marco de evaluación es la escuela estatal, dado que por su carácter gratuito y laico es la única que permite asegurar una verdadera educación democrática, inclusiva, igualitaria, crítica y abierta a todas las corrientes de pensamiento.
Que en resumen, la centralidad en cualquier debate sobre la calidad del sistema educativo estatal y las leyes que pudieran evaluarla debe poner el acento en el balance de las políticas públicas implementadas por Estados y gobiernos, pues es a través de ellas que se constituyen las condiciones generales de la enseñanza.
Igualdad educativa, responsabilidad estatal indelegable
Que la Constitución de la Ciudad, en su Capítulo Tercero – Educación, afirma en el artículo 23: “La Ciudad reconoce y garantiza un sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad, tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática. Asegura la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso, permanencia, reinserción y egreso del sistema educativo…”
Que a su vez, el artículo 24 establece: “La Ciudad asume la responsabilidad indelegable de asegurar y financiar la educación pública, estatal laica y gratuita en todos los niveles y modalidades, a partir de los cuarenta y cinco días de vida hasta el nivel superior, con carácter obligatorio desde el preescolar hasta completar diez años de escolaridad, o el período mayor que la legislación determine… Se responsabiliza por la formación y perfeccionamiento de los docentes para asegurar su idoneidad y garantizar su jerarquización profesional y una retribución acorde con su función social… Contempla la perspectiva de género. Incorpora programas en materia de derechos humanos y educación sexual.”
Las políticas públicas, nunca evaluadas por la comunidad educativa
- La primera es pasar por encima de los criterios y mecanismos de evaluación contenidos en el Estatuto Docente, tema clave sobre el que volveremos más adelante.
- La segunda es sostener que la única posibilidad de evaluar la calidad educativa pasa porque sean las propias autoridades de gobierno las que escruten. Así transcurren años y años de gestiones que nunca resuelven los problemas del sistema educativo o inclusive terminan agravándolos, pero los Ministerios de Educación ratifican sus líneas de acción o implementan nuevos planes sin el más mínimo intercambio con el conjunto de los actores de la comunidad educativa. Esto es así tanto en el orden nacional como en el local.
Que para ejemplo tenemos, en la Ciudad de Buenos Aires, la llamada Nueva Escuela Secundaria (NES), con sus pretendidas reformas curriculares, que son cuestionadas en distintos espacios tanto por docentes como por estudiantes sin que esto tenga efecto alguno en las definiciones de las autoridades. O el proyecto llamado Bachillerato Internacional, que privatiza la enseñanza a costa del presupuesto público y es igualmente rechazado por la comunidad educativa. O los Centros de Primera Infancia, que implican precarización y privatización masiva de la educación inicial. O las Escuelas de Innovación Pedagógica, donde se impulsa que escuelas primarias implanten mecánicamente “modelos escolares” desvinculados de la experiencia institucional y pedagógica local, y de las condiciones materiales de las escuelas.
Que si se quiere avanzar seriamente en la construcción de políticas educativas que respondan a las necesidades del conjunto de la sociedad, con una perspectiva de verdadero progreso, es imprescindible promover la evaluación social de las políticas educativas y los efectos producidos por las medidas que vienen aplicando los gobernantes.
Que son las y los docentes de todos los niveles, junto a los estudiantes y a las familias, quienes deben tener un papel más que protagónico en el seguimiento de la cuestión, terminando con la mirada “desde arriba” que nada tiene que ver con un sistema educativo democrático y participativo. Se debe poner el acento en la opinión de los que todos los días participan del proceso educativo y no en las concepciones, metas y proyectos de los organismos internacionales como el Banco Mundial, el BID y otros por el estilo, que tanto mal le han hecho a nuestros países y jurisdicciones.
Respeto a los derechos docentes
Que como anteriormente se menciona, los tres proyectos presentados en la Legislatura pasan por alto definiciones importantes que hacen a los derechos de los trabajadores de la educación. Existen distintas propuestas de órganos evaluadores, asesores o consultivos, y una unidad evaluadora, pero ninguno de ellos hace referencia al Estatuto Docente, donde hay definiciones precisas sobre dicha cuestión. Alertamos que este “olvido” se produce justamente en un distrito como la Ciudad, con antecedentes de ataques al Estatuto y cuyas autoridades educativas han expresado reiteradamente que el mismo constituye “un obstáculo” para la calidad educativa, por lo que no se pueden tomar a la ligera.
Que el Estatuto Docente (Ord. 40.593) tiene plena vigencia en nuestra Ciudad. En su Cap. XI “De la calificación o concepto del personal docente”, determina claramente tal evaluación. El art. 23ºdice: “Los datos del legajo de cada docente titular, interino o suplente que paseen las direcciones de los establecimientos o los superiores jerárquicos, en el que se registran todos los antecedentes y las actuaciones profesionales, son volcados anualmente con las evaluaciones correspondientes al Legajo Único Docente. El interesado tendrá derecho a conocer toda la documentación que figure en dicho legajo, a objetarla fundadamente o en su caso requerir que se le complete si advierte omisión”[2]. En su reglamentación se afirma: “1. a) El legajo de los docentes inscriptos constará de: título básico, otros títulos, cursos, antecedentes pedagógicos y culturales, concepto anual, certificación de antigüedad, sanciones disciplinarias si las hubiere y toda documentación que tenga incidencia en la clasificación. b) El establecimiento poseerá de cada docente un registro de actuación profesional, el que se tendrá en cuenta al momento de elaborar la evaluación anual de desempeño…”[3]
Que por otra parte, el art. 24º define: “La calificación y el concepto serán anuales, apreciarán las condiciones y aptitudes del docente, se basarán en las constancias objetivas del legajo y se ajustarán a una escala de conceptos y su valoración numérica correlativa. La calificación y el concepto surgirán de la evaluación del docente y de su superior jerárquico. El docente calificado deberá ser fehacientemente notificado y en ese mismo acto se le informará de la posibilidad de interponer los recursos administrativos y judiciales pertinentes”[4]. Estas cuestiones están precisadas en la reglamentación del artículo.
Que se puede proponer mejorar estos instrumentos, pero tomándolos como un piso y, siempre, en el marco de los derechos de los trabajadores de la educación. Tratar propuestas legislativas sin siquiera considerarlos sólo conduce a definir leyes y cuestiones por encima del Estatuto Docente, abriendo así la puerta a que se sigan vulnerando los derechos de los educadores y llevando al absurdo de convertir a las instituciones educativas y sus trabajadores en responsables individualizados de los resultados de políticas gubernamentales que nunca se evalúan ni ponen en cuestión.
“Equidad”, mentiras y video
Que el concepto de equidad es ambiguo. Supuestamente significa tomar en cuenta las desigualdades existentes para brindar herramientas, en este caso educativas, acordes a dichas diferencias. Pero incluye dos confusiones intencionadas. Por un lado, reniega de procurar la igualdad en los objetivos, con lo cual de hecho apunta a mantener y profundizar la desigualdad. Por otro lado, los datos concretos desmienten las afirmaciones gubernamentales.
Que en el reciente video oficial titulado “Equidad Educativa: mejor distribución, más educación”[5] se habla de la zona Sur porteña como la más vulnerable en términos socio-económicos y con mayor porcentaje de alumnos en escuelas estatales. El locutor luego afirma: “Allí es donde el Gobierno de la Ciudad está destinando su mayor inversión tanto a nivel global… como a nivel alumno, invirtiendo un 40 por ciento más en cada alumno de zona sur con respecto a zona Norte”. Y vuelve a hablar de la equidad…
la trampa está en la manipulación de los datos.
Que si buscamos los datos desagregados de 2013 “a nivel alumno”, la propia web oficial del Ministerio de Educación, en el link del Observatorio Interactivo de Datos[6]la inversión promedio por alumno de escuela estatal es menor en el Sur
Que dicho sea de paso, en la mencionada web llamativamente sólo se informa un total de subsidios a escuelas privadas por 1.552 millones de pesos en 2013, cuando en realidad el Presupuesto oficial de dicho ejercicio destinó 1.769 millones…
Silviadocente e investigadora en la Pontificia Universidad Católica Argentina (UCA), ex directora del Instituto para la Calidad Educativa del Ministerio de Educación de la Nación (1999-2001), ex investigadora de la Fundación Mediterránea y titular del equipo educativo de Domingo Cavallo en su campaña a jefe de gobierno porteño en 2000…
Privatización creciente
Que al revés de lo que afirman los funcionarios macristas, esta gestión de gobierno viene debilitando la educación estatal y fortaleciendo al sector privado. Así lo demuestran las propias estadísticas oficiales:
Datos oficiales. Dirección General de Evaluación de la Calidad Educativa, Ministerio de Educación de la Ciudad.
Que ante este proceso oportunamente hemos presentado en esta Legislatura el proyecto de ley de anulación de los subsidios estatales a la educación privada.
Que la ley de evaluación que hoy proponen Mauricio Macri y el PRO únicamente apunta a profundizar esta tendencia.
Evaluación social
Que guiados por criterios similares a los que ya hemos expuesto en nuestro proyecto de Ley de Emergencia en Infraestructura Escolar, creemos que cada institución es capaz de formar una comisión para evaluar las políticas educativas, integrada por los docentes, estudiantes y familias. En forma colectiva y participativa, esos espacios deberían hacer el seguimiento de las políticas educativas y sus resultados, mediante el análisis permanente de los procesos educativos reales y concretos que se desarrollan.
Que en este marco de trabajo cada comisión elaborará informes dos veces al año, identificando los impactos reales de las políticas en cada institución y sistematizando las necesidades y propuestas que permitan elaborar políticas educativas acorde a las diversas realidades y problemáticas. Planteamos una coordinación por Distrito o Comuna y por Área, según el Nivel, incorporando allí la mirada y la experiencia de las/os supervisoras/es. También es preciso trabajar coordinando con los docentes de áreas pedagógicas que funcionan en el Ministerio de Educación, como Evaluación de la Calidad Educativa, Investigación y Estadística, Currícula y Enseñanza, Centro de Pedagogías de Anticipación (CePA) e incluso las áreas de Infraestructura, Servicios a las Escuelas y Mantenimiento Escolar. Vaciar de funciones a estas áreas históricas para sustituirlas por “institutos”, “entes”, “unidades”, “consejos” u otros engendros parecidos es rifar ese bagaje y esos saberes acumulados.
Que el sistema educativo estatal porteño, como el de todo el país, está atravesado por problemas estructurales. Uno, fundamental, es que los gobiernos priorizan la educación privada en desmedro de la estatal. Se aplican políticas educativas elaboradas por las autoridades en contra de la opinión, necesidades e intereses de las comunidades educativas. Así pasó con la Ley Federal de Educación, la de Trasferencia de los Servicios Educativos, la de Educación Superior, por nombrar las emblemáticas, cuyos pilares lamentablemente se mantienen hasta hoy. Lo mismo pasó, en la Ciudad, con las inscripciones on line por fuera de las escuelas, los problemas de infraestructura desoídos, los reclamos de más escuelas en diversos barrios, etc.
Que para comenzar a dar vuelta la página es decisivo darle protagonismo a quienes diariamente garantizan y construyen la educación estatal en la Ciudad de Buenos Aires.
Que a título de resumen, incluimos el siguiente:
Que por todas las razones antes expuestas, y agradeciendo el sustantivo aporte de compañeras y compañeros docentes para la elaboración de nuestro proyecto, propongo la aprobación de la siguiente.
LEY Evaluación Social de las Políticas Educativas
Artículo 1°. Objeto. El objeto de la presente ley es establecer el sistema de evaluación social de las políticas aplicadas por el Ministerio de Educación de la Ciudad en el ámbito de la enseñanza estatal.
Art. 2º. Calidad e igualdad educativa. La evaluación social establecida en el art. 1º incluye la valoración integral por parte de la comunidad educativa sobre los siguientes ítems, sin que esta enumeración tenga carácter taxativo:
Recursos:
- Infraestructura y equipamiento, obras y mantenimiento escolar.
- Presupuesto educativo y subsidios estatales al sector privado.
- Comedores, becas (Ley 2.917) y cooperadoras (Ley 3.372).
Personal:
- Evaluación docente, acorde el Estatuto del Docente (Ordenanza 40.593).
- Capacitación docente, en particular la realizada en servicio.
- Política salarial y de condiciones de trabajo docente.
Políticas educativas:
- Consulta y participación de la comunidad educativa en su elaboración.
- Sistema de inscripción on line, Centros de Primera Infancia (CPI), Escuelas de Innovación Pedagógica, Nueva Escuela Secundaria (NES), Bachillerato Internacional, Terminá la Secundaria (Educación a Distancia).
- Política curricular y planificación de la oferta educativa.
Aspectos socio-económicos:
- Contexto de la población escolar.
- Demanda de vacantes y su cobertura. Población no cubierta por el sistema educativo. Evolución de la matrícula estatal/privada.
- Cumplimiento del Secundario Obligatorio (Ley 898).
Aspectos pedagógicos:
- Indicadores de promoción, repitencia, sobreedad, desgranamiento y salidas sin pase.
- Condiciones de la enseñanza y el aprendizaje. Políticas de formación docente inicial.
- Operativos de evaluación jurisdiccionales. Operativos de evaluación nacionales (ONE) e internacionales.
Otros aspectos:
- Educación Sexual Integral (Ley 2.110).
- Centros de Estudiantes (Ley 137).
- Consejos Escolares de Convivencia (Ley 223).
Art. 3º. Participación Social. En cada institución educativa pública de gestión estatal se constituye una comisión de evaluación, mediante la participación democrática de su comunidad, con la siguiente composición:
- Nivel Inicial, Primario y Especial: dos (2) docentes y dos (2) padres/madres o tutores.
- Nivel Medio: dos (2) docentes, dos (2) estudiantes y dos (2) padres/madres o tutores.
- Nivel Adultos y Superior: dos (2) docentes y dos (2) estudiantes.
Los docentes, padres/madres o tutores y estudiantes se eligen a simple pluralidad de votos entre los miembros de cada estamento. Dicha elección se realiza en el plazo máximo de un mes desde el inicio de clases. En el estamento docente se incluye al personal directivo y no docente.
En las instituciones de Nivel Primario, la comisión respectiva establece un mecanismo de consulta adecuado a los/as alumnos/as de 7º grado.
Art. 4º. Evaluación. Las comisiones de evaluación establecidas por el art. 3º deben elaborar dos (2) informes al año, en los meses de mayo y octubre.
Dichos informes incluyen los datos objetivos evaluados, los avances y/o problemas detectados, las necesidades identificadas y las propuestas de las comisiones al respecto.
Las comisiones pueden solicitar colaboración a los trabajadores docentes de las áreas pedagógicas que funcionan en el Ministerio de Educación (Investigación y Estadística Educativa, Currícula y Enseñanza, CePA, entre otras).
Art. 5º. Información pública. El Ministerio de Educación de la Ciudad pone a disposición de las comisiones todas las estadísticas, investigaciones y proyectos realizados, en particular los de las Direcciones Generales de Evaluación de la Calidad Educativa y Planeamiento e Innovación Educativa, de la Subsecretaría de Equidad Educativa y toda la información sobre implementación de las políticas objeto de evaluación social.
Art. 6º. Coordinación. Los informes elaborados según el art. 4º se coordinan y centralizan de acuerdo al siguiente criterio:
- Nivel Inicial y Primario: por Distrito o Comuna.
- Nivel Medio, Especial, Adultos y Superior: por Área.
Por cada Distrito o Comuna y cada Área se constituye la respectiva comisión coordinadora, con la misma composición establecida en el art. 3º para cada Nivel. Sus integrantes se eligen a simple pluralidad de votos entre los miembros de cada estamento de las comisiones de las respectivas instituciones educativas.
A cada comisión coordinadora se suma un (1) representante del equipo de supervisión correspondiente, elegido a simple pluralidad de votos entre sus miembros.
Art. 7º. Resultados. Los informes coordinados de cada Comuna y Área se elevan para su consideración a los siguientes organismos públicos:
- Ministerio de Educación de la Ciudad.
- Legislatura de la Ciudad, con copia a cada presidente/a de bloque.
- Juntas Comunales, con copia a cada integrante.
- Defensoría del Pueblo de la Ciudad.
- Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
- Ministerio de Educación de la Nación.
- Universidad de Buenos Aires, con copia a las carreras pedagógicas.
Art. 8º. Obligaciones del Ministerio. El Ministerio de Educación garantiza la publicación de los informes coordinados en los medios oficiales. Para dar su respuesta a dichos informes, debe convocar a audiencia pública al menos dos (2) veces al año, en los meses de julio y noviembre.
Art. 9º. Personal. Todos los agentes contratados de las áreas de evaluación del Ministerio de Educación son incluidos en el Estatuto Docente con carácter de titulares y respetando la antigüedad en sus respectivos cargos docentes.
Art. 10°. Comuníquese, etc.
[1] Doctor en Ciencias de la Educación, escritor y pedagogo, ex Viceministro de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación Universitaria de Venezuela, Magister en Gerencia Educacional; Especialista en Formulación de Políticas Públicas en Educación (IIPE-UNESCO); Coordinador de la Red Nacional de Investigadores en Educación del Centro Nacional de Investigaciones Educativas (CNIE), Coordinador General de la Maestría en Educación Comparada del ALBA (Venezuela, Nicaragua, Cuba y Bolivia), Director de la revista Comuna: pensamiento crítico en la revolución, Presidente del Centro Internacional Miranda (CIM) y Presidente de la Sociedad Venezolana de Educación Comparada.
[2] Última versión.
[3]Última versión.
[4] Última versión.
[5] https://equidadycalidadeducativa.buenosaires.gob.ar/ – Nota 5, ver video
[6] https://equidadycalidadeducativa.buenosaires.gob.ar/indicadores/ – Inversión Estatal