2012
Obligatoriedad de todos los funcionarios políticos de educar a sus hijos en escuelas públicas y de atenderse en hospitales públicos
Obligatoriedad de todos los funcionarios políticos de educar a sus hijos en escuelas públicas y de atenderse en hospitales públicos
Artículo 1°. Para ser Jefe/a de Gobierno, Vicejefe/a de Gobierno, Legislador/a o funcionario/a político/a con nivel de Director General o superior del Poder Ejecutivo o del Poder Legislativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sea o no electivo su cargo, constituyen requisitos: (más…)