2012
Cambio de nombre de la Av. Julio A. Roca por el de Pueblos Originarios. (13/03/12)
Artículo 1°.- Denomínase Avenida de los Pueblos Originarios a la avenida hasta ahora denominada Julio A. Roca
Art. 2°.- Cúmplase con lo dispuesto en los artículos 89 y 90 de la Constitución de la Ciudad.
Art. 3°.- Comuníquese, etc.