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Proyecto de Ley

Artículo 1°.- Toda ley referida a reforma política; partidos políticos; código, campañas y mecanismos electorales se aplicará a partir del mandato siguiente al del Jefe o Jefa de Gobierno en ejercicio al momento de su sanción.

 Art.2°.- Comuníquese, etc.

Fundamentos

Sra. Presidenta:

A partir de los proyectos de ley del Jefe de Gobierno sobre boleta única (Exp. 1.866-J-2012) y elecciones primarias (Exp. 1.867-J-2012), en la Legislatura de la Ciudad se están debatiendo esos y otros proyectos vinculados.

A nuestro juicio, tratar de presentar ante la opinión pública como una “reforma política” esos dos proyectos sobre aspectos puntuales, como lo hacen Mauricio Macri y el PRO, es una evidente e intencionada operación de simplificación política.

En realidad, la Ciudad aún carece de leyes de fondo en cuanto a Partidos Políticos y Código Electoral. Lo coherente sería avanzar primero en ambos temas sustantivos y recién después en las cuestiones atinentes a campañas, boleta y demás mecanismos electorales.

Nos resulta ética y políticamente cuestionable la pretensión de modificar las reglas de juego electorales, como si se tratara de confeccionar un traje a la propia medida, mientras se está en el ejercicio del poder político.

Así ha ocurrido, lamentablemente, con la imposición de las elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias por parte del gobierno nacional. Lejos de “mayor transparencia” y “participación democrática”, con la Ley 26.571 de primarias obligatorias se pretende proscribir a las fuerzas políticas emergentes, a la vez que resolver las disputas internas del partido gobernante.

En diciembre de 2009, Macri, los diputados y dirigentes del PRO cuestionaron con dureza la ley de Néstor y Cristina Kirchner. Hoy repiten ese camino, por propia conveniencia política, tanto para restringir la oferta electoral como para resolver la dura interna de su partido.

Ante este tipo de proyectos, diseñados en aras del beneficio electoral del partido gobernante, proponemos una medida elemental de ética pública: que toda ley atinente a cuestiones electorales sólo pueda ser aplicada a partir de la finalización del mandato en curso del Poder Ejecutivo. Lógicamente, de ser aprobado nuestro proyecto, regiría a futuro para todo jefe o jefa de gobierno, sea del color político que fuere.

Más allá de sostener la necesidad de una democratización radical de todo el sistema político e institucional hoy vigente, estamos convencidos de que este requisito básico de no cambiar las normas electorales mientras se gobierna contribuiría a la verdadera transparencia política ante la ciudadanía.


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