OBSERVACIÓN AL DESPACHO N° 831
Visto:
El Despacho de Mayoría, los dos Despachos de Minoría y los distintos proyectos de ley de subte, incluido el 687-D-2012 de mi autoría, y
Considerando:
Que el Despacho de Mayoría repite textualmente el proyecto de ley de Mauricio Macri, que promete un servicio de subte “idóneo, eficiente y de calidad” pero que en nuestra opinión es privatista, incluye superpoderes e impuestazos, es perjudicial y conflictivo para los usuarios, antiobrero, ilegal, erróneo, demagógico y no significa ninguna mejora;
Que el proyecto macrista es privatista, porque sus tres variantes para operar el servicio de subte son:
1. Mantenerlo por hasta 5 años en manos de la empresa privada Metrovías S.A. (art. 7), la actual concesionaria, perteneciente al Grupo Roggio, que desde hace años viene incumpliendo sus obligaciones contractuales;
2. Concesionarlo en forma directa o por licitación pública a otro operador nacional o internacional privado (arts. 10 y 14), y
3. Una supuesta variante “estatal” que en realidad no es tal, porque el operador no sería SBASE como Sociedad del Estado porteño sino integrada a una Sociedad Anónima (art. 40) y abierta al capital privado (arts. 14 inciso i y 46);
Que el proyecto macrista le otorga evidentes superpoderes al Poder Ejecutivo, porque autoriza a la autoridad de aplicación a:
1. Concesionar el subte por un plazo mayor de 5 años y sin límite alguno (art. 16). Pretender eludir una votación aparte de tal concesión vulneraría el art. 104 inciso 23 de la Constitución de la Ciudad: “Toda concesión o permiso por un plazo mayor de cinco años debe tener el acuerdo de la Legislatura.”
2. “Contratar en forma directa bienes, obras, servicios y los suministros más urgentes” (art. 11 inciso 7).
3. “Contraer préstamos, empréstitos y otras obligaciones con bancos oficiales y privados, organismos de crédito internacional o de cualquier naturaleza, sociedades o personas jurídicas o de existencia visible del país y del exterior, solicitar y dar todo tipo de garantías personales y reales con relación a dichos créditos… emitir valores de deuda, con garantías o sin ellas… y realizar toda clase de actos jurídicos y operaciones, cualquiera sea su carácter legal, incluso financieros” (art. 66);
Que el proyecto macrista también le da superpoderes directos al Poder Ejecutivo, es decir a Mauricio Macri, porque lo faculta a reasignar partidas del Presupuesto vigente y de los Presupuestos sucesivos durante los 5 años de “emergencia” por encima del tope máximo legal del 5% (art. 78);
Que el proyecto macrista es inflacionario, porque -entre otras fuentes- financia el servicio de subte mediante nuevos impuestazos a las naftas y al GNC, que siempre se terminan trasladando a los precios, así como con subas de los peajes de las autopistas urbanas y del Impuesto a las Patentes de Automotores (arts. 51 y 58);
Que el proyecto macrista también es perjudicial para los usuarios, porque autoriza durante los 5 años de “emergencia” la fijación de las tarifas y cuadros tarifarios “sin necesidad de convocar a audiencia pública” previa (art. 11 inciso 9);
Que el proyecto macrista es ilegal y antiobrero, porque plantea declarar al subte como “servicio esencial” (art. 3), en abierta violación a los Convenios de la OIT y a la Ley nacional 25.877, con el objetivo de cercenar el derecho constitucional de huelga (art. 19). El transporte sólo se considera “esencial” en poquísimos países del mundo, con regímenes dictatoriales. El Ing. Juan Pablo Piccardo, titular de SBASE, tampoco pudo dar ni un solo ejemplo de accidentes o muertes durante los paros de subte, pero igual para los trabajadores pretende disciplina, al mejor estilo de la dictadura militar;
Que el proyecto macrista es también antiobrero, porque cuestiona la insalubridad de la tarea de los trabajadores del subte y por ende su jornada laboral de 6 horas, conquistas que han costado muchos años de lucha (arts. 34 y 75);
Que el proyecto macrista es antiobrero, además, porque impide al concesionario “aumentar la dotación de personal hasta tanto no se alcancen niveles óptimos de productividad” (art. 11 inciso 11). Esto implica precarización laboral, ya que se deberán atender más redes y estaciones con el mismo personal actual. Según Piccardo el subte porteño tiene el triple de personal por kilómetro que el subte de Santiago de Chile, pero omite que las condiciones técnicas aquí son muy inferiores fruto de la privatización (por dar un solo ejemplo, en la Línea D hay tres tipos de coches distintos -Nagoya, Alstom y Fiat- que requieren talleres, mantenimiento y técnicos específicos, mientras que los coches chilenos son todos Alstom);
Que el proyecto macrista asimismo penaliza toda medida de protesta del personal y de los usuarios del subte con altas multas, incluido el levantamiento de molinetes y el eventual pase por ellos (arts. 20 a 24);
Que el proyecto macrista promueve abiertamente la conflictividad social y el enfrentamiento entre usuarios y trabajadores del subte, porque dispone que “la totalidad del incremento de la tarifa técnica que surja de los aumentos salariales será directa e inmediatamente trasladada a la tarifa al usuario” (art. 31);
Que el proyecto macrista es erróneo en sentido técnico. Por caso, pide autorización para recibir 105 coches chinos para la Línea A (art. 76 inciso 5) -cuyos trenes son un verdadero “museo andante”-, siendo que tales coches son de 1.500 volts y por ende no pueden funcionar en dicha línea, que tiene 1.100 volts;
Que el proyecto macrista es demagógico, porque plantea “alcanzar estándares de calidad de los mejores subtes del mundo” (art. 25 inciso 1) y “asegurar condiciones de calidad equiparable a las mejores prácticas internacionales” (art. 39 inciso 19), pero omite que en París, Madrid, Barcelona, Nueva York, San Pablo, Moscú, Johannesburgo, Pekín y otras grandes capitales del mundo el subte es estatal;
Que el Ejecutivo encargó una auditoría al Metro de Barcelona, que según Piccardo “es uno de los más prestigiosos del mundo”, subte que -reiteramos- es estatal.
Que en este marco, el proyecto macrista no conllevará ninguna mejora en cuanto a la prestación y el control del servicio público de subterráneos y Premetro, su eficiencia, su seguridad y su indiscutible función social;
Que al proyecto macrista -o a algunos de sus puntos y por diversas razones- se oponen los trabajadores del subte, su sindicato legítimo la AGTSYP, la CTA, asociaciones de usuarios y consumidores, la Defensoría del Pueblo de la Ciudad, la Federación de Empresarios de Combustibles de la República Argentina (FECRA) y la Cámara de la Industria del Petróleo (CIP), entre otras entidades;
Que el proyecto macrista debe someterse a los requisitos de 40 votos y doble lectura como lo ordena la Constitución de la Ciudad en sus arts. 82 inciso 5 (“Aprueba toda concesión, permiso de uso o constitución de cualquier derecho sobre inmuebles del dominio público de la Ciudad, por más de cinco años”) y 89 inciso 5 (“Toda concesión, permiso de uso o constitución de cualquier derecho sobre el dominio público de la Ciudad”) respectivamente;
Que el Estado nacional comparte responsabilidad política en la crisis del servicio de subte por varias razones:
1. Desde hace 19 años le ha pagado a la empresa privada Metrovías subsidios anuales por 500 millones de pesos -con fondos públicos que aportamos todos- sin que jamás la CNRT haya ejercido debidamente su función de control.
2. Es parte activa de Metrovías porque a través de la ANSES posee el 8,55% de las acciones y tiene dos miembros en su directorio (hasta donde sabemos, la contadora María Liliana Ferré y el abogado Hernán García Vilas).
3. Después de la tragedia de Once “premió” a Metrovías dándole -y sin licitación- la operación de los ex ferrocarriles Sarmiento y Mitre.
4. Traspasó a la Ciudad el subte mediante una ley nacional sin transferirle la totalidad de los fondos correspondientes, como lo ordena la Constitución nacional.
5. El Ministerio de Trabajo de la Nación sigue demorando el otorgamiento de la personería gremial a la AGTSYP, lo que habilita los acuerdos de Macri con la UTA y los conflictos que de ello derivan;
Que la matriz de privatizaciones en el transporte subsidiadas por el Estado, inaugurada por Carlos Menem en los ’90 y que pese al doble discurso K prosigue hasta hoy, ha demostrado su completo fracaso: hacer de los servicios públicos negocios privados conlleva desinversión, descontrol, corrupción, inseguridad e incluso muerte para los usuarios y trabajadores;
Que la Auditoría General de la Ciudad, en la conclusión de su último informe (Nº 804) sobre el contrato de Metrovías, de fines de 2007 referido al año 2006, señaló: “Se han detectado substanciales incumplimientos por parte de la empresa Metrovías S.A. que repercuten a diario en el servicio. Todo ello en perjuicio de los intereses de los ciudadanos en cuanto a calidad y seguridad del servicio de subterráneos y en detrimento a la Ciudad en lo referente al resguardo y valorización del patrimonio”;
Que la Defensoría del Pueblo de la Ciudad, en un duro informe difundido a principios de 2010, denunció: “Quienes en horas pico se desplazan en subtes porteños afirman que viajan como ganado. Al decirlo, ignoran que el Código Sanitario para Animales Terrestres de la Organización Mundial de Salud Animal defiende el espacio individual de las bestias y recomienda que, al acarrearlas, tengan suficiente espacio para adoptar una posición equilibrada según requiera el clima y la especie transportada. Este derecho que ampara a vacas, ovejas, cabras, cerdos, caballos y hasta a camellos, no rige para los usuarios de los servicios que brinda la concesionaria Metrovías”;
Que en declaraciones de principios de marzo de 2012, el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad afirmó: “Evidentemente, para la empresa la higiene en estaciones y vagones, el funcionamiento de las escaleras mecánicas, el cumplimiento de la frecuencia o la iluminación de las estaciones son cuestiones ‘accesorias’, pero lo cierto es que revisten importancia para el usuario que paga una tarifa y pretende tener un servicio acorde a ella. Metrovías sostiene que es el principal interesado en prestar un servicio con altos estándares de calidad, pero eso no se evidencia en la opinión de los usuarios que año a año incrementan las denuncias”;
Que el primer paso para avanzar en un cambio sustancial en el subte es echar de una vez por todas a Metrovías, la cual desde que en 1993 obtuvo la concesión viene engordando sus bolsillos, incumpliendo el contrato, brindando un servicio cada vez peor a sus pasajeros y hostigando a sus trabajadores;
Que el Grupo Roggio, dueño de Metrovías, maneja casi todos los negocios derivados del subte en una “autotercerización” a través de otras 10 empresas propias:
1. La consultora de Metrovías es Roggio Transporte, que por “asesorar” recibe un canon del 2,6% sobre la recaudación directa de pasajes.
2. Las obras de extensión de las líneas E y B, y las cocheras, las hace la Constructora Benito Roggio e Hijos.
3. La seguridad privada, Compañía Metropolitana.
4. La limpieza, Taym
5. También limpia el subte SEHOS.
6. La fibra óptica y telefonía, CPS Comunicaciones.
7. La reparación de vagones, entre otros, Ferroindustrial.
8. Los servicios de sistemas, Prominente.
9. Los auxiliares del Premetro, Neoservice.
10. La comercialización de locales y espacios publicitarios, el negocio más rentable, Metronec;
Que además el Grupo Roggio, uno de los mayores grupos económicos del país y gran beneficiario de las privatizaciones, entre sus grandes negocios maneja el tranvía de Puerto Madero (Ferrometro), los ferrocarriles San Martín, Roca, Belgrano Sur y Belgrano Cargas (UGOFE y SOE), el Urquiza (Metrovías), el Mitre y el Sarmiento (UGOMS). De hecho, Roggio es un monopolio ferroviario sobre y bajo tierra;
Que además de reestatizar el servicio de subte y Premetro, proponemos asimismo que quede a cargo de SBASE la comercialización de todo el “Grupo de Servicios Concedido”, jugosa fuente de ingresos;
Que con el subte reestatizado podríamos establecer rápidamente las necesidades de inversión y así diseñar un plan racional de ampliación de la red, mejorar la seguridad y aumentar las frecuencias y los horarios de circulación del subte (cuando era estatal, funcionaba desde las 5.00 am hasta la una de la mañana);
Que, por ejemplo, en París los trenes, colectivos y subtes los opera el Estado en un sistema integrado y su prestigioso Métro lo maneja la empresa pública RATP, cuyo consejo de administración lo integran tres representaciones: 1) del Estado francés y las 20 comunas de París, 2) de los trabajadores y sus sindicatos, y 3) de personalidades calificadas: usuarios, especialistas en transporte y consultoras;
Que para evitar lo ocurrido años atrás en las empresas estatales argentinas, en donde funcionarios públicos trabajaban para favorecer los negocios privados, es necesario avanzar hacia un nuevo paradigma: la empresa estatal con control social;
Que, por lo tanto, la fiscalización de toda la gestión del subte debe ser ejercida con el único mecanismo eficaz para combatir la corrupción y la desidia: el control directo por parte de sus usuarios y trabajadores. La imprescindible auditoría técnico-contable, que debe ser integral -a la red, el servicio, SBASE y Metrovías-, tiene que realizarse también con dicha participación social;
Que la desinversión privada sumada al descontrol estatal exponen a los miles y miles de usuarios del subte y a sus trabajadores al riesgo de un Cromañón ferroviario como el ocurrido en la Estación Once;
Que solventar el mejoramiento y mantenimiento del servicio de subtes y Premetro requiere de fondos genuinos, que no deben provenir de los bolsillos populares sino de los grandes capitalistas que en la Ciudad hoy gozan de exenciones impositivas;
Que sin dejar de reclamar que la Nación cumpla sus obligaciones, se pueden disponer partidas del Presupuesto local, reinvertir lo obtenido del propio subte, anular exenciones fiscales injustas (cuyo costo total el Ejecutivo sigue ocultando), gravar la renta financiera y hasta cobrar deudas como las que con nuestra Ciudad mantiene el zar del juego Cristóbal López por unos 200 millones de pesos al año;
Que los dos Despachos de Minoría firmados por diputados opositores, si bien incluyen algunos puntos parciales correctos, a nuestro juicio lamentablemente no constituyen una alternativa de fondo frente al proyecto privatista de Macri:
1. El despacho firmado por el Interbloque K propone la continuidad de Metrovías S.A. al disponer que “la Ciudad controle el contrato vigente” (art. 3) y plantea auditar “el estado de la concesión, el servicio y SBASE” pero no a dicha empresa privada (art. 4).
2. El otro despacho de minoría sí incluye auditar a Metrovías, pero luego propone que “el Poder Ejecutivo determine el modo de continuidad del servicio” (art. 5), lo que significa dejar en manos de Macri tamaña decisión estratégica;
Proponemos la aprobación de la siguiente:
LEY DE SUBTE
SEGURO, EFICIENTE, ESTATAL Y CON CONTROL SOCIAL
Artículo 1°. Rescisión del contrato con Metrovías. A partir de la sanción de la presente ley, se rescinde el contrato de concesión del servicio público de subterráneos y Premetro a la empresa privada Metrovías S.A.
Art. 2º. Reestatización del servicio. La operación y fiscalización del servicio de subtes queda a cargo exclusivo del Estado de la Ciudad, a través de su empresa SBASE.
SBASE asume también a su cargo todo el grupo de servicios concedido a Metrovías para la explotación comercial por alquiler de locales, espacios, publicidad y demás actividades en las estaciones, coches e inmuebles pertenecientes a la red de subtes.
Art. 3°. Control de los trabajadores y usuarios. Para el control del servicio público de subtes, su funcionamiento, condiciones de seguridad e higiene, cuadro tarifario, ampliación de la red e inversiones se constituye una Comisión de Control de cinco (5) miembros, integrada por dos (2) representantes electos por los trabajadores del subte y tres (3) electos por las organizaciones de usuarios.
Dichos miembros duran dos (2) años en el ejercicio de sus funciones, no pudiendo ser reelectos.
Art. 4º. Anulación del aumento de tarifa. A partir de la sanción de la presente ley, se anula la aplicación del aumento de tarifa del subte de 1,10 a 2,50 pesos dispuesto por el Jefe de Gobierno mediante el Decreto 27/11.
En razón de ser el transporte en subte un servicio público, su tarifa debe ser adecuada a su función social.
Art. 5º. Auditoría técnica y contable integral. Asumida su gestión, SBASE debe realizar, en conjunto con la Comisión de Control, una auditoría técnica y contable integral sobre el estado de la infraestructura y el señalamiento de la red, el material rodante, las condiciones de seguridad e higiene, el contrato con Metrovías, sus balances y la utilización de los subsidios estatales recibidos desde el inicio de la concesión.
Dicha auditoría debe abarcar también todo otro contrato o subconcesión realizados por Metrovías derivados del grupo de servicios concedido.
El informe final de la auditoría se debe presentar ante esta Legislatura en el plazo máximo de tres (3) meses a partir de la sanción de la presente ley.
Art. 6º. Régimen laboral. Los trabajadores del subte y Premetro pertenecientes a Metrovías, excepto directores y gerentes, se incorporan a la planta permanente de SBASE a través de un escalafón especial que incluya el pleno respeto por la jornada de seis (6) horas, los actuales niveles salariales, antigüedad, condiciones de trabajo y demás derechos.
Art. 7º. Convocatoria a audiencia pública. Una vez recibido el informe de auditoría establecido en el art. 5º, en el plazo máximo de un (1) mes la Legislatura debe convocar a una audiencia pública según el art. 63 de la Constitución de la Ciudad para debatir los resultados y las medidas a adoptar.
Art. 8º. Participación de las Comunas. En la planificación y control del servicio de subtes participan las Comunas, vía sus Juntas y Consejos Consultivos Comunales, para ejercer sus competencias concurrentes según el art. 11 de la Ley 1.777 de Comunas.
Art. 9º. Presupuesto para mejorar el subte. Los fondos necesarios para garantizar el funcionamiento y mejorar el servicio de subtes, incluida la ampliación de los horarios y frecuencias, se obtienen de:
1. Las partidas específicas destinadas en el Presupuesto 2013 y los subsiguientes.
2. La reinversión de las utilidades que obtenga SBASE por la administración del servicio de subtes y las operaciones comerciales derivadas.
3. La derogación de las exenciones fiscales a sectores empresarios dispuestas por las leyes 3.876 (Distrito Audiovisual), 4.115 (Distrito Tecnológico), 4.353 (Distrito de las Artes) y toda otra norma similar.
4. La derogación de la exención del Impuesto a los Ingresos Brutos sobre los ingresos por compra-venta de títulos, letras, bonos y obligaciones emitidos por la Nación, las provincias y la Ciudad; operaciones con acciones y percepción de dividendos y revalúos, todos los cuales se gravan con una tasa inicial del 0,15% en el Código Fiscal a partir de la sanción de la presente ley.
5. Los recursos adeudados por la Nación en virtud del traspaso del servicio de subtes a la Ciudad, como lo ordena la Constitución Nacional (art. 75 inciso 2).
6. El cobro inmediato de los doscientos (200) millones de pesos anuales en concepto de deuda por Impuesto a los Ingresos Brutos a Hipódromo Argentino de Palermo S.A. y Casino Puerto Madero Buenos Aires, so pena de expropiación del casino del hipódromo y de impedir el acceso a los dos barcos-casino respectivamente.
Art. 10º. Derógase toda norma que se oponga a lo dispuesto en la presente ley.
Art. 11º. Comuníquese, etc.