Proyecto de Ley
Régimen laboral sobre tareas insalubres en la salud pública
Artículo 1°. Insalubridad. Decláranse insalubres las tareas desempeñadas en los siguientes establecimientos y servicios del subsistema público de salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires:
- Establecimientos:
- Hospital Ferrer
- Hospital Tornú
- Hospital Muñiz
- Hospital Curie
- Hospital Moyano
- Hospital Borda
- Hospital Tobar García
- Hospital Alvear
- Hospital Sardá
- Hospital de Quemados
- Hospital Rocca
- Centro de Salud Mental Nº 1
- Centro de Salud Mental Nº 3
- Talleres Protegidos de Rehabilitación Psiquiátrica
- Servicios de todos los efectores públicos de salud:
- Terapia Intensiva, Intermedia y Prolongada.
- Salud Mental
- Neonatología
- Atención de Enfermedades Infectocontagiosas
- Neumotisiología
- Radiología
- Oncología
- Emergencia o Guardia
- Hemodinamia
- Esterilización
- Telefonía y radio-operación de Emergencia
Asimismo, decláranse insalubres las tareas desempeñadas en los servicios del Hospital Garrahan que se encuentren incluidos en el inciso 2.
Art. 2°. Derechos. La prestación del servicio del personal de Enfermería y demás trabajadores que se desempeñen en los establecimientos y servicios detallados en el art. 1º se ajusta a las siguientes pautas:
- Jornada de 6 horas. En los días hábiles la jornada laboral es de 6 (seis) horas diarias en 4 (cuatro) turnos. En el Hospital Curie, dicha jornada es de 4 (cuatro) horas.
- Régimen de franqueros. En los días sábado, domingo, feriado, no laborales o inhábiles y considerados asueto la jornada laboral es de 6 (seis) horas diarias en 4 (cuatro) turnos. En el Hospital Curie, dicha jornada es de 4 (cuatro) horas.
- Licencia por estrés. La licencia anual extraordinaria es de diez (10) días corridos y no puede ser trabajada ni acumulada con las vacaciones ordinarias.
- Jubilación especial. La edad jubilatoria es de cincuenta y dos (52) años para las mujeres y cincuenta y cinco (55) años para los varones.
Art. 3º.Comuníquese, etc.
Fundamentos
Sra. Presidenta:
El carácter insalubre de algunas tareas en el ámbito de la salud, las hras de trabajo y los respectivos regímenes jubilatorio y de licencias están regulados por varias normas de distinta jerarquía nacional y local. Ante esta situación, es preciso unificar en el sentido más favorable a los trabajadores el tratamiento laboral de toda la Enfermería y demás personal que desempeña ese tipo de tareas que producen mayor desgaste. Es decir, generalizar para todos los trabajadores de la salud -incluidos los franqueros, para los cuales hasta rigen distintos regímenes horarios en un mismo establecimiento- la jornada laboral de 6 horas, la licencia por estrés igual a la de la carrera profesional y la jubilación anticipada.
La normativa nacional al respecto, salvo error u excepción, es la siguiente:
- La Ley 24.004 de Enfermería detalla los servicios de salud considerados insalubres (art. 24).
- La Ley 11.544 de Jornada de Trabajo y su Decreto reglamentario 16.115/33 disponen el horario reducido de 6 horas diarias en dichos sectores, entre muchos otros.
- El Decreto 4.257/68 establece límites de años de servicio y de edad para “los servicios prestados en tareas penosas, riesgosas, ambientes y/o lugares declarados insalubres o determinantes de vejez y/o agotamiento prematuro”: 52 años de edad las mujeres y 55 los varones.
A su vez, en la Ciudad rigen:
- Las Ordenanzas 40.402 (Cap. V), su modificatoria 40.820 y la 40.403 (art. 20 a 27).
- La Ordenanza 41.155 regula la carrera profesional de salud, pero indebidamente discrimina y excluye al profesional de Enfermería.
- La Ley 298 de Enfermería reitera los servicios insalubres (Cláusula 5).
- La Ley 471 de Empleo Público regula las licencias (Cap. VI); la reglamentan el Decreto 827/01 para el personal en general y el Decreto 937/07 para los franqueros, pero excluyendo a éstos últimos “que se desempeñan en forma habitual en tareas riesgosas, en lugares y/o ambientes declarados insalubres”.
Dicha injusticia laboral y las consiguientes presentaciones realizadas por trabajadores de la salud afectados dieron lugar al dictamen de la Procuración General Nº 081808, del 10 de enero de 2011, que se expide en favor de unificar la regulación laboral para tareas riesgosas o en ambientes insalubres.
En igual sentido, la Resolución 910/11 de la Defensoría del Pueblo porteña recomienda al Ejecutivo modificar el Decreto 937 y que los ministros de Hacienda y Salud “adopten, de manera prioritaria, un criterio uniforme para establecer la jornada de trabajo del personal de enfermería y radio-operadores del SAME, tendiente a garantizar la no violación de la jornada, el descanso, la salud de los trabajadores y la atención ciudadana”.
- Además, para diversos hospitales y servicios en particular hay otras normas sobre insalubridad y coexisten modalidades horarias diferentes. Por ejemplo, el Decreto 8.908/78 y sus modificatorios definen como insalubres -entre otros- los servicios de radioterapia, hemodinamia y enfermedades transmisibles.
- Lo mismo en cuanto al Hospital Rocca (Ord. 41.129), Hospital de Quemados (Dto. 4.719/89), Centros de Salud Mental Nº 1 y 3 (Dto. 7.983/84), Hospital Alvear (Dto. 1.564/89), Hospital Muñiz (Dto. 5.972/90), Hospital Tornú y Neumotisiología, entre otros.
Tal diversidad de normas provoca desconocimiento y dificultades para su aplicación. Esto a su vez da lugar a reclamos que significan un desgaste innecesario. Por estas razones, y a fin de nivelar para arriba los derechos laborales, solicitamos la aprobación de este proyecto de ley.
25 Comentarios
VIVIANA · 18 de enero, 2016 en 12:00
SR ALEJANDRO BODART
POR LA PRESENTE LE INFORMO QUE EL INSTITUTO DE REHABILITACION PSICOFISICA QUE PERTENECE AL GOBIERNO DE LA CIUDAD , DEBE SER CONSIDERADO DENTRO DEL PROYECTO DE LEY , YA QUE ASI LO CONCIDERA LA LEY DEL AÑO 1992, ANTES DE QUE EL SR PRESIDENTE MENEN LO TRANSFIRIERA A LA CIUDAD DE BUENOS AIRES .
walter · 12 de febrero, 2016 en 20:33
hola que tal soy walter de palomar y trabajo en el hospital posadas en el servicio de esterilizacion y estamos luchando por las 6 horas de trabajo y el pago por insalubridad y del area cerrada la verdad que gracias por la info que me brindaron y me sirvio de mucha ayuda y espero poder seguir luchando con mis compañeros .
Miguel · 16 de febrero, 2016 en 14:27
Estos decretos que solo son modificados para esclavizarnos mas, por que no rigen también para las Provincias, en esto al menos seria justo, ya que somos los que cobramos una miseria tener, una jubilación anticipada y no salir a los 60/65 años, ya echos fruta, algunos no llegan, pero si salen, en ataúd, derecho, si derecho propio a la tumba. un abrazo, y espero que se dignen, los que nos manejan como títere, y nos contemplen con un mejor pasar, chau gracias.
Angeles · 14 de junio, 2016 en 04:32
Todos los que trabajan con científicos en las áreas de hospital de día donde se prepara y o administra quimioterapia.
Fernanda · 12 de julio, 2016 en 16:27
Los Hospitales de Niños deben figurar como insalubresEl Ricardo Gutierrez y el Pedro Elialde, sino, los invito una mañana a escuchar los llantos continuos y después me dicen si eso no es insalubre.
Ruth · 8 de septiembre, 2016 en 11:28
Hola en el Hospital Pedro de elizalde no te pagan nada. Enfermeros a unirse x nuestros derechos.
Ana · 12 de octubre, 2016 en 17:36
Y en el servicio de clínica médica del.hospital cosme argerich,tambien los invito a que vayan y miren el trabajo de esclavitud al que estamos sujetos.
Jose lopez · 18 de octubre, 2016 en 04:14
Hola soy enfermero del htal cecilia grierson d guernica del sector guardia luchamos constantemente por nuestros derechos contra nuestros superiores ej: quieren darnos solo dos dias d nuestra lic anual exraordinaria (stress) asi muchas cosas mas
Lic. Liliana Lupica · 18 de octubre, 2016 en 14:06
Las instrumentadoras que trabajamos siempr en quiròfano (area cerrada) nos jubilamos por inasalubridad y area cerrada?????
Estamos en contacto con RX, VIH, Hepatitis, etc……
Gracias!!!!!
saul · 19 de octubre, 2016 en 15:30
En la provincia de JUJUY no se reconoce ni insalubridad ,trabajamos 8 horas por turno un total de 44 hs semanales y hacemos guardia de fin de semana una vez al mes de de 14 hs sabado y 14 hs domingo.Y no tenemos gremios que nos representen al personal de enfermeria.
orlando · 17 de noviembre, 2016 en 13:10
Hola a todo yo trabajo en hospital santojanni en servicio de área de cuidado critico y no esta declarado como insalubridad.
iris · 9 de diciembre, 2016 en 18:21
El hospital pirovano tambien deberia estar, ya que las condiciones psiquicolaborales son insalubres
isabel gomez · 2 de marzo, 2017 en 20:05
El trabajo insalubre y riesgozo en hospitales psiquiatricos deben ser una determinacion desde el ministerio de salu mental. que es evidente no le interesa la salud de los enfermeros todos tienen licencias profilacticas o estres, mientras el enfermero esta cada dia 365 dias al año sin cumplir la cantidad de pacientes por enfermero, ni siquiera la ART sabe de que se trata. No nos consideran profesionales a nadie le importa somos mano de obra barata. Todo se negocia y si seguimos que se adueñen gemios que no son enfermeros ni les interesa nada, solo pelean por los malditos modulos que negocio mas habra alli. Es interminable todo lo que podria contar. Pero la enfermeria es una gran mentira somos grupo interdisciplinario pero la ley de salud mental habilita nuestra firma pero es un horror que un enfermero piense. Saludos.
Silvia Giordano · 18 de marzo, 2017 en 10:19
Soy Lic. en Seguridad e Higiene Laboral. Pertenezco al HIAyC Dr. A. A. Cetrángolo de Bs. As. Estamos luchando por el pago por insalubridad ya que tenemos las 6 horas de trabajo. Esto en relación con las enfermeras del hospital que si las perciben. El área en este caso sería es Quirófano y Esterilización. A que ley podemos recurrir para exigir esa diferencia, ya que nos parece algo discriminatorio. Muchas gracias.
MARIA · 2 de abril, 2017 en 02:12
SOY DE JUJUY..SABES Q YA TENEMOS LEY PERO SE ESTA REGLAMENTANDO..AHORA..ES CDO DEBEMOS APROVECHAR Y. AYUDAR A HACER LA REGLAMENTACION…TE DEJO MI NUM 155758230
stella maris fernandez · 3 de abril, 2017 en 07:45
Soy instrumentadora.donde trabajo htal naval .de capital.no pagan area cerrada ni ibsalubridad.la ibsalubridad solo la cobraan los pintores
Mariel · 13 de julio, 2017 en 11:40
Hola, mi madre está haciendo los trámites para jubilarse y en ANSES le piden que con la certificación de servicios y remuneraciones adjunte el Número de decreto que le otorgaría carácter de insalubridad a las tareas que ella allí realiza (telefonía y conmutador en el Hospital de Clínicas José de San Martín perteneciente a la Facultada de Medicina Universidad de Buenos Aires).
El tema es que desconocemos cual es ese Decreto, uds lo saben? Así lo imprimo desde infoleg y lo adjuntamos !
Saludos y gracias por la tarea que realizan!!!
Mariel Barcesat
Debora · 20 de julio, 2017 en 15:08
hola, buenas tardes yo quiero preguntate si sabes cual es el decreto donde dice que por area cerrada nos corresponde un 15% mas.
Maricel roman · 18 de agosto, 2017 en 01:13
Hola siy enfermera trabajo en un hospital publico de la provincia de buenos provincia queria saber si nos corresponde la semana por estres ya que tengo entendido que se habia declarado todo trabajo de la area de salud era insaluble desde ya muchas gracisd
MARTHA · 19 de agosto, 2017 en 09:19
Buenos días, necesito saber la ley donde especifique cdo se considera insalubre, trabajo en un centros de consultorios externos, sin internacion, hay enfermeras que solo hacen vacunacion, otras llevar y traer historias clínicas. HAY SECTOR de odontología, RX, Laboratorio y servicio de guardia, con pacientes en observación. También hay un servicio de Endoscopia.
Sergio Leica · 28 de agosto, 2017 en 10:13
Hola Buen dia:
Soy Tecnico de Laboratorio desde hace 30 años, cobro insalubre hace 25, en el hospital Piñero, Pregunta…la jubilacion se podria gestionar ya?? y para mis compañeros que no cobran insalubridad se puede solicitar, como asi tambien la jornada por stress, porque nunca somos considerados parte del ambito de la salud a pesar de estar con material contaminado a diario…Gracias
Ruben · 21 de septiembre, 2017 en 15:45
Consulta, Los Enfermeros que prestan servicios en Empresas Privadas (Quimicas/Textiles/Frigorificas/ etc, etc) que carga Horaria deberían cumplir?, se considera trabajo insaluble? o no esta contemplada esa area de Enfermeria?
Graciela · 30 de mayo, 2018 en 14:57
Quiero consultar yo trabajo en el hospital mi pueblo cuenta con cosina privada y el presupuesto que ellos pasan es por todo el personal que tiene nosotros trabajamos seis hora en terapia intensiva todo el hospital es de seis hora y todos comen a los supervisores menos nosotros por que dicen que nos nos corresponde pero ellos comen los policías que no son personal del hospital también come quisiera saber que puedo hacer si hay algún lugar para hacer una denuncia la cosina el personal se lleva la comida Y me parece que no es justo
Monica · 8 de julio, 2018 en 09:40
TRABAJO EN GUARDIA ELIZALDE, EMPADRONANDO 7hs POR DIA. Y LOS MEDICOS Y ENFERMERAS SON 6hs. De TRABAJO. EX. CASA CUNA
Hugo Brandi · 21 de octubre, 2018 en 18:31
Hola ! Estoy jubilado x trabajo insalubre con Radiumterapia. ( 20 años sin límite de edad ) hoy estoy con una artrosis de cadera y catarata a consecuencia de las radiaciones ¡ Me dicen que puedo cobrar el 82 % de mi sueldo ?
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